Detenido tras atrincherarse con una escopeta y encañonar a los agentes cuando iba a ser desahuciado en Lloret de Mar



La orden judicial llegó a primera hora de la mañana a la puerta de este vecino de 75 años situado en la calle Les Alzines de Girona. Cuando los Mossos d’Esquadra llegaron allí encontraron al hombre armado con una escopeta y afirmando que se negó a salir de la casa.

Se emitió la orden de abandono un añoindicando la salida inmediata del domicilio, pero el vecino se negó a realizarlo y, en dos ocasiones, se resistió a obedecer a la policía.

Tras apuntar con armas de fuego a los agentes esta mañana, el juzgado de instrucción de Blanes suspendió la intervención y dio al hombre 10 días más para salir de casa. El vecino sólo hablaba alemán, por lo que los agentes tuvieron que recurrir a un mediador entre ambos para hacer cumplir la orden de desalojo.

Finalmente, tras varias negativas, el inquilino entregó el arma a la policía y Ha sido entregado a las autoridades en espera de su posterior arresto y comparecencia ante la justicia.

En este caso intervinieron varias patrullas de la Policía Local, Bomberos de la Generalitat, miembros del Sistema de Emergencias Médicas, miembros de Seguridad Ciudadana, antidisturbios del Área Regional de Recursos Operativos y miembros del Grupo de Intervención Especial, junto al equipo de negociadores. de la Unidad Central de Secuestro y Extorsión.

¿A qué personas no se les puede desalojar?

Esta es la regulación estipulada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030:

A los inquilinos, en todos los juicios verbales que versan sobre reclamaciones de alquileres o cantidades adeudadas por el inquilino, o por vencimiento de la duración de los contratos suscritos de conformidad con la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, que pretendan recuperar la posesión de el inmueble, haya sido o no suspendido previamente el proceso en los términos establecidos en el apartado 5 del artículo 441 de dicha ley.

En estos casos, el inquilino podrá solicitar, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo, un incidente de suspensión extraordinaria del desahucio o de desahucio ante el Juzgado por encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica que le imposibilite encontrar una alternativa de vivienda para sí mismo. para las personas con las que vives.

Asimismo, si no se ha fijado fecha para el lanzamiento, por no haber transcurrido el plazo de diez días a que se refiere el artículo 440.3 o por no haberse celebrado la audiencia, se suspenderá dicho plazo o la celebración de la audiencia.

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