Primer paso para que el yacimiento arqueológico de Oreto-Zuqueca de Granátula de Calatrava sea declarado BIC


El Gobierno de Castilla-La Mancha ha iniciado el expediente para declarar Bien de Interés Cultural (BIC) el área arqueológica de Oreto-Zuqueca, en la localidad de Granátula de Calatrava, en la provincia de Ciudad Real. Así lo anunció la viceconsejera de Cultura, Carmen Teresa Olmedo, tras la publicación de dicha resolución este martes en el Boletín Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), quien detalla que esta declaración tendrá la categoría de zona arqueológica.

Carmen Teresa Olmedo ha destacado que la actual ermita de Nuestra Señora de Oreto-Zuqueca reúne una serie de características históricas, artístico y social que constituyen un elemento de gran relevancia para el patrimonio histórico y cultural de la población de Granátula de Calatrava. “Estas circunstancias le confieren un valor que en su momento justificó su declaración como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento”, indicó, según informó la Junta en una nota de prensa.

El viceconsejero añadió que “es evidente que tanto la categoría como la zona de declaración BIC y su zona de protección han sido ampliamente superadas por los restos arqueológicos exhumados, consolidados, restaurados y museizados, debiendo todo el yacimiento tener un mayor nivel de protección”. “. de acuerdo con la realidad que presenta actualmente la Zona Arqueológica Oreto-Zuqueca.

Por tanto, es objeto de la presente resolución justificar la ampliación del alcance de la declaración BIC a todo el conjunto de parcelas en las que se ha constatado la existencia de restos arqueológicos encontrados en la llanura entre los cerros Castillo o Domínguez (Oretum). ) y de los Obispos, como se encuentran en todos ellos Restos arqueológicos interrelacionados con la romanización, el obispado visigodo de Oretum, la ciudad de Urit y el Priorato Calatravo de Nuestra Señora de Oreto y Zuqueca..

Esta resolución establece que se establece la apertura de un plazo de información pública, para que todos los que tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y argumentar lo que consideren oportuno, durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación.

La iniciación de este expediente conlleva la aplicación provisional del mismo régimen de protección previsto para los bienes declarados de interés cultural, quedando sujetos al régimen de autorización y protección previsto en la legislación sobre patrimonio cultural.

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