Absueltos los padres acusados en Valladolid de causar fracturas a sus dos hijos


El titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid ha acordado la absolución de la pareja de origen colombiano que La Fiscalía pidió 47 años en prisión por los presuntos abusos infligidos a sus dos hijos cuando tenían un año y dos meses de edad.

El juez ha confesado su frustración por no haber podido conocer las causas reales de las lesiones sufrido por los menores y finalmente ha accedido a la absolución, ya que no se podían descartar las explicaciones dadas por los padres para exonerar su responsabilidad de los daños.

«Una narrativa acusatoria aparentemente sólida-en referencia al presentado por la Fiscalía- permanece inmerso en la nebulosa de incertidumbre desde el primer momento, generando a este juez una enorme frustración, no derivada del fallo, sino de la manifiesta imposibilidad de construir una valoración probatoria que sea inatacable ante la más absoluta falta de certeza sobre cómo, apoyándose sólo en un hecho cierto, el resultado lesivo de los menores, pero desconociendo el mecanismo causal y no habiendo discriminado las alternativas fácticas opuestas desde el primer momento por parte de la defensa y por los propios acusados”, resume el juez en una sentencia recogida por Europa Press.

“Atentamente, Es frustrante no saber la verdad incluso después de llevar a cabo un proceso tan largo en el tiempo. (y no por su complejidad o por su aportación de pruebas); uno está acostumbrado a sostener siempre que una cosa es la verdad del proceso y otra es la verdad real; Lo ideal es lograr la coincidencia de ambos, pero lo normal es que no sea así salvo en los casos en que los hechos hayan sido registrados mediante el uso de imágenes”, añade el responsable del Penal 3.

El juez precisa que lo habitual, y suficiente, es lograr una verdad procesal luego de la práctica de la prueba, verdad jurídicamente inatacable porque se basa en la valoración de la prueba objetiva y tal como se desarrolla en el pleno; pero “reconocer de antemano que una verdad meramente especulativa ni siquiera puede alcanzarse“Insuficiente desde el punto de vista penal, es un fallo del sistema, tanto en tiempo y dinero, como emocional para los implicados”, lamenta.

El juicio por estos hechos fue conocido para sentencia este martes en el Juzgado de lo Penal número 3 de la capital vallisoletana, donde La pareja negó categóricamente toda responsabilidad por las lesiones. que tuvo el mayor de sus hijos en forma de fracturas en las tibias y fémures de ambas piernas y en los húmeros de ambos brazos y las que tuvo su hermano menor en ambas costillas y clavícula izquierda, junto con una hemorragia conjuntival en el lado izquierdo. ojo.

El padre de familia no pudo explicar el origen de las heridas. del mayor de ambos hermanos y alegó que ya en Colombia, país de origen desde el que llegaron a Valladolid el 13 de marzo de 2019 huyendo de los paramilitares, tenía una “piernita desviada, deformidad que le impedía moverse con normalidad”. mientras que en el caso de su otro hijo, Tomás, nacido en la capital del Pisuerga, atribuyó las fracturas a una caída accidental cuando lo bañaba.

Su esposa, MCM, también negó haber maltratado a sus hijos o haber permitido que el anterior lo hiciera y atribuyó El origen de las fracturas del hijo menor.Existió un presunto atrapamiento entre el somier y el colchón de la cuna y los de su hermano mayor debido a las maniobras de parto que sufrió en Colombia.

“Fue un parto problemático, mi hijo no salía y la persona que me atendía se subió encima de mi vientre y comenzó a hacer presiones y realizar maniobras que hoy me han dicho que están prohibidas”, dijo la mujer ahora absuelta, quien también achacó la grave desnutrición que presentaba Ismael a que no le gustaba en absoluto la comida que les proporcionaba la Cruz Roja y sólo comía leche de vaca.

El fiscal del caso mantuvo la acusación inicial contra la pareja, a quien solicitó penas por un total de 47 años de prisión para cada uno de ellos tras advertir que “eran los cuidadores directos” de los niños “de forma permanente” y pese a ello les causaron “lesiones intencionadas”, algo que la defensa, que solicitó una sentencia absolutoria y alternativamente una condena por lesiones por imprudencia, con Rechazó rotundamente la circunstancia atenuante de retrasos indebidos.

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