las matronas, indignadas con la RAE por definir a las ‘doulas’ como «capacitadas para prestar asistencia»


El Colegio Oficial de Botiquín de Valencia (COENV) se suma a la campaña iniciada por el Consejo Universal de Botiquín (CGE) y por la Asociación Española de Matronas (AEM) en la que se recuerda que una doula no es una profesional sanitaria, sino una persona sin formación cualificada cuya intervención en el contrariedad, parto o posparto representa un peligro para la matriz o el recién nacido.

Una campaña que se inicia tras comprobar que la Positivo Entidad Española (RAE) en su modernización 23.7 de su Diccionario de la Jerga Española define a la doula como una persona «capacitada para prestar cooperación» durante el contrariedad. Un término y una existencia completamente errónea ya que las doulas no son profesionales sanitarias, por lo que se pide a la RAE que modifique con emergencia esta acepción.

Actualmente, la Entidad recoge la posterior definición desacertada de doula como igual de comadrona, partera, partera y comadre, lo que además critica el COENV desde su posición como profesionales de Botiquín.

Por ello, en presencia de tal manifiesto error, exigen que la RAE rectifique con carácter de emergencia la nueva acepción del término «doula» y los sinónimos atribuidos a dicho término por responsabilidad social y jurídica, por rectitud con la profesión de partera y por respeto y honor a la lexicografía académica por excelencia del gachupin, de cuya custodia es encargada y exclusivamente responsable la RAE. Por otra parte, en tanto se resuelva la petición, sugieren la aniquilación cautelar del término del Diccionario.

Una doula «no es un profesional taza»

Ya en 2018, cuando se dio a conocer la nota del fallecimiento de un bebé tras un parto en casa sin la cooperación de un profesional taza, el CGE alertó del aventura que corrían los padres al contratar a doulas. La ordenamiento consideró que era un peligro «disparatado e valeverguista» que el seguimiento del contrariedad y el propio parto se produzca bajo la supervisión de una persona sin formación sanitaria alguna. Por otra parte, el Consejo Universal de Botiquín recordó los datos aportados por el ‘Mensaje Doulas’, en el que destacan la proliferación de la «moda de contratar una doula para ayudar en el parto supone una profundo amenaza para la vigor de las embarazadas y los bebés».

Frente a esta situación, el Consejo ha publicado el posterior comunicado en sus redes sociales: «Una doula no es un profesional taza, sino una persona sin formación cualificada cuya intervención en el contrariedad, parto o posparto representa un peligro para la matriz o el recién nacido. Estamos trabajando para que la RAE modifique con emergencia esta definición errónea, así como el uso de ‘doula’ como igual de partera, es sostener, una enfermera experto en Obstetricia y Ginecopatía».

La figura de la ‘doula’ no existe legalmente en España

Por su parte, desde la Asociación Española de Matronas insisten en que la figura de la doula en España no existe legalmente, consecuentemente la estatuto vivo española, ni la protege ni la ampara. Siquiera existe legislatura ni regulación oficial que determine la formación, ni las competencias de las «doulas».

La AEM destaca que el único título facultado para la cooperación a la mujer en su contrariedad, parto y puerperio y atención al recién nacido hasta los 28 días de vida, es el de Partera (Enfermera Doble en cooperación Obstétrico-Ginecológica), definido y regulado por Directivas Europeas traspuestas al Derecho Gachupin.

Al amparo del seguimiento emotivo obligado positivamente y ayuda doméstica a las mujeres en sus procesos de contrariedad, parto y posparto, anteriormente prestados por las madres y mayores de la tribu, las «doulas» pretenden rebasar estas simples atribuciones, transmitiendo engañosamente a la sociedad la imagen de prestadoras de actividades profesionales sanitarias, lo que justifica indirectamente el provecho derivado de esta cooperación no profesional.

La legitimización podría aumentar el aventura para la vigor de las madres y sus hijos

La legitimización que podría inferirse de la definición nuevo que ha hecho la RAE del término «doula» así como los sinónimos atribuidos al término, podrían aumentar el aventura para la vigor de las mujeres y sus hijos (existen graves hechos que constatan esta afirmación) a la vez que fomentaría un delito de intrusismo tipificado y penado en el Articulo 403 del Código Penal gachupin y permitiría, por ende, alentar una heredad sumergida por ser una praxis ilegal.

La afectación por causa de esta incorrecta definición traspasa las fronteras de este país porque las matronas de los países hispanos, con las que las matronas españolas comparten, encima de profesión, el ilación popular del gachupin como la franja materna. Ellas igualmente sienten el peligro generado por la denominación en cuestión ya que, en sus países de origen, siquiera está legalizada la figura de la «doula» y los intentos de penetración de estas personas no profesionales ya han generado problemas graves de vigor en la atención materno-infantil.

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *