27 años de cárcel por matar a una mujer de un disparo en la nunca tras colarse en su casa


La sección primera de la Audiencia Provincial de La Coruña, de acuerdo con el veredicto de culpabilidad del Tribunal del Tribunal, ha condenado a 27 primaveras de mazmorra, como autor de un delito de alisamiento de morada en concurso medial con un delito de crimen telón, concurriendo la circunstancia desventaja de disfraz; y de otro delito de tenencia ilícita de armas, al hombre que el 15 de enero del 2021 mató a una mujer en Porzomillos (Oza-Cesuras). En la sentencia, la magistrada presidenta relata que acudió a la vivienda, en la que residía la víctima, su marido y su hijo de dos primaveras, armado con una pistola. Cuando la mujer salió de casa y vio al condenado adentro de la finca, huyó en dirección a el interior, cerrando la puerta, pero el destacado la persiguió y entró en la casa rompiendo la cristalera de la puerta.

La víctima, según la resolución, corrió en dirección a la planta superior de la casa y, con la intención de huir, entró en el baño, desde donde, a través de la ventana, accedió al tejado del aparcamiento y saltó al camino para escapar. Sin bloqueo, fue alcanzada por el procesado en el foráneo de la puerta del aparcamiento, donde le disparó con el armas de fuego que portaba en la parte trasera de la individuo, por lo que falleció en el acto. Tras el disparo, el condenado huyó del circunscripción en dirección a una zona próxima a la vivienda, donde fue opuesto por la Guarnición Civil.

La magistrada presidenta indica en la sentencia que el Tribunal del Tribunal ha considerado por unanimidad al encausado culpable de acaecer matado a la víctima, «haciéndolo en unas condiciones que aseguraban la crimen de la mujer, sin peligro alguno para la integridad física del destacado que pudiese provenir de una reacción defensiva por parte de la fallecida». Encima, subraya que, si aceptablemente es cierto que «no existe prueba directa de esa autoría, pues nadie vio al encausado matar a la víctima», sí existe prueba indiciaria.

Por otra parte, explica que el delito de alisamiento de morada está en relación de concurso medial con el delito de crimen consumado, ya que la entrada y permanencia en el domicilio de la víctima era medio necesario para poder cometer el crimen. La sentencia no es firme, pues junto a presentar expediente frente a el TSXG.


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