Condenado a 44 años de cárcel y desheredado el hombre que asesinó a sus padres mientras dormían en Brihuega


La Audiencia Provincial de Guadalajara ha condenado a 44 abriles de calabozo -22 por cada crimen- a A.C.S. por asesinar a sus padres en mayo de 2022 cuando estos estaban echándose la siesta en la finca íntimo de Brihuega, según la sentencia recogida por Europa Press.

Los hechos juzgados ocurrieron el 9 de mayo de 2022, cuando el dibujado, que vivía en la misma finca que sus padres pero en otra vivienda, se acercó hasta la casa cuando estos estaban en la siesta y primero clavó un cuchillo a su padre y luego hizo lo mismo con su causa, aunque en este caso, varias veces.

La Fiscalía solicitaba para el dibujado una pena de 40 abriles de calabozo por los dos crímenes, 20 por cada uno, que en el caso de la denuncia particular se elevó hasta los 25 abriles.

Considera pues la sentencia al autor penalmente responsable de dos delitos de homicidio con la desventaja de parentesco, y le condena al suscripción de 300.000 euros a su hermana.

Adicionalmente, queda desheredado, al considerarle el árbitro incapaz para para suceder a sus padres por incurrir en causa de indignidad al haberles donado homicidio.

La sentencia considera probado que el 9 de mayo de 2022, el dibujado se dirigió al domicilio de sus padres y encontró al padre acostado en el salón y a la causa en el dormitorio. Una vez en la casa, con las manos enguantadas y empuñando un cuchillo de cocina, con la intención de quitar la vida a su padre, fue a donde este dormía y le asestó una puñalada en el cuello causándole la homicidio, si perfectamente antiguamente de perecer el agredido se despertó y pidió auxilio, tratando de salir al dormitorio donde estaba su esposa. Antiguamente de eso, se desplomó en el acceso, donde falleció por la herida ocasionada.

Seguidamente, el homicida se dirigió a su causa, que se había destacado y acercado a la puerta del dormitorio al oír a su marido y, con humor de quitarle la vida, le asestó siete puñaladas que le ocasionaron la homicidio. Dos consistieron en incisiones paralelas en el cuello de la región cervical fronterizo izquierda. Las otras cinco fueron en el tórax. Nadie de los dos tuvo oportunidad de defenderse del ataque.

Sí que aprecia el texto de la sentencia que el ya condenado consume asiduamente licor, cannabis y cocaína, del mismo modo que padece diversas enfermedades mentales de carácter psicótico, estando diagnosticado de bipolaridad tipo 1, Psicosis y Trastorno de Personalidad no especificado, por las que ha tenido incontables ingresos por episodios de ideación autorreferencial de prevención, alucinaciones auditivas y juicios de la sinceridad alterados.

En todo caso, tal y como se recalca ahora, el veredicto del miembros no consideró probado que el consumo habitual anulara su capacidad para entender que con esas puñaladas iba a causar la homicidio de sus padres.

Esto se refrenda en los fundamentos de derecho de la sentencia, que apunta que tanto de los informes médicos como de lo manifestado por todos los peritos puede considerarse probado que las facultades mentales del dibujado no se encontraban alteradas cuando dio homicidio a sus padres, pues la situación que tenía y que fue directamente presenciada por todos los expertos que tienen contacto con el dibujado así lo determina taxativamente.

Indica, igualmente, que es «incompatible» la situación que el homicida presentaba con la de una perturbación, como aseguraba la defensa del dibujado durante el sensatez.

Añade que no había motivo alguno para considerar que se encontrara bajo los posesiones de un brote psicótico o por consumo de tóxicos, sino más perfectamente para considerar que no mentía cuando dijo a las doctoras que el consumo era de días antiguamente y que había matado a sus padres, no a «un monstruo y a un querubín demoníaco», premisa defendida por el dibujado en su enunciación.

«Debe tenerse en cuenta adicionalmente que tal episodio sería incompatible con uno efectivo por su escasa duración, ya que teóricamente habría dejado de tenerlo cuando salió de la casa y fue a la de su padrino, a quien percibió de modo totalmente habitual», aduce la sentencia, que recuerda cómo el homicida «empleó guantes y simuló un intento de robo bajando la televisión de su sitio y arrojando un cronómetro al porche, deshaciéndose de pruebas que le pudieran incriminar».

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