El TSJ de Castilla y León declara «nulo» la sustitución en 2023 del festivo del 24 de abril por el Día de Santiago


El Tribunal Superior de Conciencia de Castilla y Audaz (TSJCyL) declaró «ineficaz de pleno derecho» el calendario profesional de 2023 en la Comunidad por ser «una osadía discrecional no justificada», «no contesta a los fines de interés sabido que debe satisfacer» y «es arbitraria y, por ello, contraria a derecho».

De este modo, la sentencia, a la que tuvo llegada Ical, estima el apelación contencioso-administrativo interpuesto por Comisiones Obreras contra el Decreto 35/2022 de 22 de septiembre, por el que se establece el calendario de fiestas laborales en Castilla y Audaz para 2023, publicado en el Bocyl de 23 de septiembre de 2022; y obliga a la Grupo, como parte demandad, a acreditar las costas. Por otra parte, obliga a propagar la sentencia en el Boletín Oficial de la Comunidad (Bocyl).

El tribunal da la razón a CCOO, que argumentó que «se había vulnerado» el derecho a la osadía sindical en el Consejo Regional de Trabajo de Castilla y Audaz, un «víscera tripartito de carácter profesional, colegiado de consulta y asesoramiento y de billete de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en Castilla y Audaz en materia profesional».

Incluso acepta el TSJ que «no concurre» en este caso nadie de los supuestos para la tramitación urgente y acusa a la Grupo de «error de informes preceptivos y memoria del esquema incompleta».

Cerca de rememorar que la Oficina regional propuso cinco opciones para fijar los doce días festivos del año 2023. En las cinco se contemplaba que la fiesta del 23 de abril, fiesta de la Comunidad Autónoma, se trasladara al lunes, 24 de abril. Luego, propuso que el alivio del 2 de enero (al ser el día 1 domingo) se sustituyera por la incorporación del 25 de julio, Día de Santiago Defensor, cuestión que no vieron con buenos fanales ni CCOO ni UGT.

Ya el 7 de septiembre de 2022 se convocó una reunión extraordinaria y urgente para una nueva modificación del calendario profesional, en la que ya se eliminaba definitivamente el festivo del 23 de abril (que pasaba al lunes por ser domingo), y se mantenía la del 2 de enero.

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *