La Audiencia Nacional permite que se reanuden las exhumaciones en el Valle de los Caídos


La Audiencia Franquista permite que se reanuden este viernes las exhumaciones en Cuelgamuros, que quedaron paralizadas durante tres días como consecuencia de una medida cautelarísima adoptada por el titular del Auditoría Central Contencioso-Chupatintas 11, a posteriori de que lo solicitara Abogados Cristianos en representación de la nieta de una enterrada en el Valle de los Caídos, quien veía vulnerado su derecho fundamental a la autodeterminación religiosa.

El mismo sentenciador levanta la medida cautelarísima y no ve necesario adoptar como medida cautelar, de momento, la paralización de los trabajos de Patrimonio Franquista que arrancaron el pasado julio para extraer los restos de víctimas de la Enfrentamiento Civil puesto que las exhumaciones se están realizando en un división diferente de aquél donde reposan los restos que se intentan proteger, «por lo que no existiría en principio una emergencia cautelar tan inmediata como parece manifestarse».

El sentenciador adoptó la medida cautelarísima y dio tres días a la Jurisprudencia del Estado, en representación de Patrimonio Franquista, para realizar sus alegaciones, que han sido atendidas.

En un coche dictado este jueves, el sentenciador señala que de dichas alegaciones se entiende que «la conducta material administrativa no afecta materialmente a los derechos que con este memorial pretenden defenderse respecto de los restos la abuela de la recurrente, ni siquiera está previsto que suceda en el futuro, en los términos indicados».

En segundo división, indica la resolución, se ha aportado información de que ya ha existido sobre el tema una interlocución escrita de la recurrente con Patrimonio Franquista, donde esta entidad ha respondido a su requerimiento de anulación de las exhumaciones con un escrito de la Director.

«El contenido del escrito pone de manifiesto que la conducta de desenterramiento no puede considerarse efectuada en vía de hecho, sino que existe un conjunto de actuaciones judiciales y administrativas previos, que constituyen su soporte. En definitiva, si las actuaciones administrativas combatidas no afectan materialmente a los derechos invocados y por otra parte no se realizan en vía de hecho, debe levantarse la medida cautelar cuya cojín jurídica (artículo 136.1 LJCA) se fundaba exclusivamente en esta premisa que se ha revelado infundada», concluye el sentenciador.

Abogados Cristianos recurrirá

Abogados Cristianos, por su parte, ha anunciado que recurrirá la intrepidez. La presidenta de la asociación, Polonia Castellanos, asegura que «Patrimonio Franquista y el abogado del Estado mienten porque existe un mensaje cuidado por el propio Tarea de Honestidad en 1990 en el que se admite que no se puede asimilar con certeza la delimitación de los restos de cada fallecido».

Castellanos señala que «esto es un ataque más del Gobierno contra la autodeterminación religiosa y el Valle de los Caídos ya que el objetivo final es zanjar con la cruz, que es la más ilustre de la cristiandad».

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