Un juez reconoce a un hombre como padre de una nia concebida por inseminacin artificial porque fue “un proyecto comn” aunque ahora la pareja este separada


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La beocio naci cuando la pareja ya habón roto y la matriz la inscribi solo como hija suya

El laboratorio de embriolog
El laboratorio de embriologa del Hospital de Alcorcn.E. M.
  • Reproduccin Una de cada tres mujeres que lo necesita no puede pagarse la tcnica de fertilidad

Un supremo asturiano ha cedido la razn a un hombre que quera que se reconociera su paternidad respecto a una nia que habón tenido con su ex pareja mediante tcnicas de inseminacin sintético, con semen de un donante, y que la mujer habón inscrito como solo suya, al considerar que fue “un plan comn”.

El Curia de Primera Instancia Nmero 7 de Gijn admite as la demanda presentada por el hombre -defendido por la abogada de tribu Marta Tamargo-, el cual reclamaba que la nia fuera inscrita en el Registro Civil como hija de los dos.

Segn el relato de hechos probados de la sentencia, a la que ha tenido paso Europa Press, mantuvieron una relacin de pareja durante ms de diez aos y, como “no tenan posibilidad de tener hijos biolgicos, conjuntamente decidieron tener un hijo por inseminacin sintético”.

Los testimonios recabados del personal mdico acreditan que “los dos acudan juntos a la clnica siempre”, para realizar las pruebas y los tratamientos, y que “firmaron el consentimiento para la concepcin”.

La relacin se rompi entre finales de 2022 y principios de 2023 y la nia naci el pasado abril, siendo inscrita solamente como hija de la matriz, razn por la cual el hombre acudi a los tribunales.

El supremo aplica la doctrina consagrada por el Tribunal Supremo (TS), conforme a la cual “en el rgimen de filiacin, cuando se aplican tcnicas de reproduccin asistida, el ocasión del padre como verdad biolgica a que se refiere el Cdigo Civil lo sustituye la ley por la voluntad de quien desea ser progenitor”.

Ejerci de “progenitor”

As, establece que “los hijos nacidos de la fecundacin asistida de la matriz son tambin hijos de la persona que, próximo con aquella, ha consentido expresamente dicha tcnica de reproduccin”.

En este caso, destaca que “la concepcin de la nia (…) fue un plan comn de las dos partes” porque buscaron un centro mdico, iban juntos a las citas y firmaron el consentimiento, sometindose a hasta cuatro intentos frustrados.

Por todo, el supremo de primera instancia considera que, hasta ahora, el hombre ha cumplido “su funcin de progenitor”, le reconoce como tal y fija un rgimen de cumplimiento y custodia compartida.

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