la joven que lo denunció recurre la absolución



La mozo que denunció por embestida sexual y lesiones al futbolista carballiñés Álvaro Ratón recurre frente a la Audiencia Provincial la sentencia de absolución dictada por una magistrada ourensana el pasado diciembre. Esta no es la primera vez que la reproche particular presenta un memorial frente a la Audiencia: ya lo hizo en el año 2021 y en el año 2022. 

En 2021, tras la primera absolución, la denunciante pidió una nueva apariencia sumarial. Entonces, el entraña decidió que se debía argumentar mejor la sentencia. En 2022, tras un segundo error que exoneraba a Ratón, la reproche particular volvió a acudir y la Audiencia ordenó la repetición del cordura. Pero la apariencia, celebrada el pasado noviembre en el edificio sumarial ourensano, resultó, otra vez, oportuno a Ratón. La jueza sustituta del Penal 1, Susana Conde, dictaminó en diciembre que el futbolista era inocente del delito de embestida sexual. Dos juicios y tres sentencias absolutorias a posteriori, la mozo presenta un nuevo memorial para intentar revocar la atrevimiento sumarial.

Denuncia de 2018

La mujer denunció a Álvaro Ratón, antiguamente guardameta del Zaragoza y ahora del Wisla de Cracovia (Polonia), por embestida sexual y lesiones en 2018, por unos hechos fechados en la Tenebrosidad de San Juan de ese mismo año en Carballiño. La mozo aseguró que se había enfrentado al futbolista en el lugar Sete Flores de la villa del Arenteiro. Allí, según su interpretación, Ratón la habría aferrado por los brazos para arrastrala a una zona de escasa visibilidad con intención de ayudar relaciones sexuales con ella. En presencia de su negativa, la habría empujado contra una albarrada para besarla y tocarla en contra de su voluntad, mientras él se bajaba los pantalones. 

Sin retención, las tres sentencias señalan la desidia de pruebas para inculpar a Ratón. En el error del pasado diciembre, la magistrada consideró que la afirmación prestada por la denunciante “no se vio suficientemente reforzada por rudimentos corroboradores de su interpretación acusatoria”. Por otra parte, la jueza señala que los testimonios ofrecidos por las personas que estaban esa tenebrosidad en el lugar “ninguna luz arrojan sobre la forma en la que sucedieron los hechos, o lo que verdaderamente pasó, toda vez que no han podido corroborar ni siquiera de forma periférica ningún de los puntos de la afirmación de la denunciante, regalado que en ningún momento la vieron con el encausado”.

Cinco primaveras sin ir a Carballiño

El abogado del futbolista, Antonio Gea Penalva, celebraba el pasado diciembre la tercera sentencia absolutoria para Ratón. El ilustrado señaló que el guardameta pudo celebrar las navidades con su tribu en Carballiño por primera vez en cinco primaveras, correcto a la orden de alejamiento con respecto a la denunciante.

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