Intervenidas 203 cajetillas de tabaco en un local de Alpera destinadas a la venta sin autorización


Miembros de la Fiscalía y Destacamento de Fronteras de la Comandancia de la Guardia Civil de Albacete Se han incautado 203 cajetillas de tabaco en un establecimiento público de la localidad albaceteña de Alpera, escondidas en un mueble del local y que iban a ser destinadas a la venta.

Dentro de las tareas propias de su especialidad, los componentes del Destacamento de Fiscalía y Fronteras de este Comando y del Puesto de los Beneméritos de Alcalá del Júcar Realizaron una inspección en un establecimiento público de Alpera para verificar la documentación referente a la venta de productos del tabaco, en una máquina expendedora, así como los precintos fiscales obligatorios sobre bebidas alcohólicas existentes en los lineales del local.

Durante esta inspección, los guardias civiles localizaron, detrás de la barra del establecimiento público, 203 cajetillas de cigarrillos de diferentes marcas comerciales, que estaban listas para su venta directa por los camareros o encargados del local.

Tras la intervención de estos packs, el responsable del establecimiento ha sido propuesto para sanción por realizar ventas de mercancías estancadas o prohibidas sin cumplir los requisitos que marca la ley, según ha informado la Guardia Civil en una nota de prensa.

La Ley 28/2005, tipifica en su artículo 19.3.d como infracción grave y sanciona con multa de 601 a 10.000 euros, “la comercialización, venta y suministro de cigarrillos y puritos no provistos de una capa natural en unidades de envasado de venta de importe inferior de 20 unidades, así como unidades individuales”, lo que implica que su venta sólo podrá realizarse a través de la máquina expendedora.

También el Artículo 66.2 del Real Decreto 1199/1999que desarrolla la Ley 13/1998, de Ordenación del mercado del tabaco y normas tributarias, señala como infracción leve y sancionable con multa de hasta 601,01 euros, el almacenamiento no autorizado de tabaco, considerándolo como tal, cuando las cajetillas se almacenen al aire libre. de la máquina en un establecimiento comercial abierto al público.

Además de las indicadas, la citada normativa señala, entre otras, la obligación para los encargados de gestionar las máquinas, de adquirir los packs en el punto de venta asignado en la autorización, así como disponer de un mecanismo que impida su uso por menores de edad menores de edad. 18 años de edad, además de carteles informativos indicando la prohibición de fumar y venderles tabaco.

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