¿Pueden los extranjeros votar en las elecciones en Galicia?



Galicia se juega su futuro político en las próximas elecciones autonómicas del 18 de febrero. En total 2.693.624 de gallegos están llamados a las urnas de los cuales el 17,7% residen en el exógeno.

El voto emigrante para el 18F se ha incrementado con respecto al registrado en las últimas generales, con un subida de más de 4.000 personas. En total casi medio millón de personas,476.514.

Por circunscripciones, la provincia de A Coruña es la que registra un maduro número de electores CERA 164.8421; seguida de Pontevedra, con 138.182; Ourense, con 103.832; y Lugo, con 69.658.

Si nos fijamos en los países que más electores aglutinan, Argentina sigue a la persona con mucha diferencia, ya que computa 166.289. Le siguen Cuba y Brasil, donde se superan los 45.000. Mientras, Uruguay computa 37.165; y Suiza, el primer país externo al continente criollo en el ránking, 34.114.

Las elecciones generales de julio fueron las primeras sin voto rogado para el CERA y la décimo subió. Ahora, fuentes de los tres partidos con representación en el hemiciclo gallego (PPdeG, BNG y PSdeG) esperan expectantes para comprobar si habrá una maduro movilización del voto emigrante asimismo el 18F.

¿Cómo pueden sufragar los electores que están en el extranjero?

Todos los electores que a día 1 de octubre de 2023 estén inscritos en el Censo de residentes ausentes que vivan en el extranjero de forma permanente pueden participar en las elecciones gallegas. No es necesario presentar la solicitud como paso previo y serán las delegaciones provinciales las que tengan que despachar la documentación electoral a la dirección de los inscritos.

Para comprobar que un votante está en el censo se puede consultar la sede electrónica del INE o a través de las embajadas y consulados. Entre el 13 y el 19 de enero empezaron a acoger la documentación para sufragar los electores gallegos que residan en el extranjero. El segundo remesa se realizó entre el 24 y el 28 de enero.

Una vez recibida la documentación los electores tienen dos formas para practicar su derecho al voto.

  • Voto por correo. Se enviará por correo certificado al consulado, el sobre dirigido a la Asamblea Electoral competente para su cómputo, hasta el 13 de febrero.
  • Voto en fanal. Podrán depositar su voto en fanal en la oficina en la que están registrados. Para este caso, el plazo va desde el 10 al 15 de febrero, entreambos días incluídos.

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