la Mesa decide los nuevos plazos



Vencimiento esencia este martes en el Congreso. La remisión vuelve a estar sobre la mesa. Los fiscales de Sala analizan el mensaje que exime a Puigdemont de terrorismo en contra del criterio del mediador García-Castellón. Se reactiva la tramitación de la ley de remisión. La Mesa decidirá en esta trayecto los plazos de la nueva negociación posteriormente de que los de Puigdemont votaran ‘no’.

Los plazos son amplios. Van a tener tiempo para negociar. La Mesa del Congreso devolverá la ley a la Comisión de Honestidad, que tendrá quince días para aprobar un juicio. Son quince días naturales, por lo que estaríamos hablando del 21 de febrero, aunque se pueden prorrogar otros 15 días más. Adicionalmente, el mensaje de los letrados da el trillado bueno en contra de lo que pedía la examen de paralizar su tramitación. Pedro Sánchez está convencido de que la ley de remisión saldrá delante.

En el Pleno del pasado martes, se sometió la iniciativa legislativa a dos votaciones de conjunto: una acerca del juicio, en la que era suficiente con conseguir mayoría simple y se logró mayoría absoluta a patrocinio, y la otra en la que se necesitaba mayoría absoluta a patrocinio y se obtuvo mayoría absoluta en contra.

El Partido Popular y Vox mantienen que la proposición de ley de remisión decayó porque en la votación de carácter orgánico se rechazó por 179 votos, tres por encima de la mayoría absoluta. A pesar de ello, los letrados rechazan dicho argumento y alegan que en la aludido votación el juicio había sido respaldado por el Pleno, incluso por mayoría absoluta. De esta forma, sostienen que la norma tiene que regresar a la Comisión de Honestidad para darle una segunda oportunidad, respaldando la valentía que anunció posteriormente de la votación la presidenta de la Cámara, Francina Armengol.

Vencimiento tope para un acuerdo

Al realizarse la tramitación por la vía de emergencia, la comisión tendrá 15 días, y no un mes, para emitir un nuevo juicio. Se plantea que sean 15 días naturales, por lo que la término tope para un acuerdo se fija en el 21 de febrero.

Los servicios jurídicos dejan claro en su escrito que en este caso es de aplicación el artículo 131.2 del Reglamento, el que citó Armengol posteriormente de la segunda votación del pasado 30 de enero. Ese precepto establece que en el caso de que un plan o proposición de ley orgánica no consiga el voto propicio de la mayoría absoluta en la votación final de conjunto el texto, “será devuelto a la comisión, que deberá emitir un nuevo juicio en el plazo de un mes”.

Llegados a este punto, los letrados incluso citan el artículo 94, que prevé la reducción de los plazos a la porción en caso de que una norma se tramite por el procedimiento de emergencia, como ocurre con la ley de remisión. Es por lo que sostienen que el mes del que acento el 131.2, se debe deducir a 15 días.

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