Piden 6 años de cárcel para acusado de abusar de la hija de un amigo con una discapacidad del 36%


La Primera Sección del Audiencia Provincial de Ciudad Real VCON será juzgado el 14 de septiembre acusado de un delito de abuso sexual en Puertollano contra la hija de un amigo suyo, aquejada de un trastorno bipolar y con un 36% discapacidad intelectualcargo por el que la Fiscalía solicita para él una pena de seis años de prisión.

Según el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, el acusado conoció a A., la víctima, quien le fue presentada por su padre, B, con quien el acusado mantenía una larga amistad. Desde el primer momento, el acusado tomó conciencia de las limitaciones psíquicas y psicológicas que A tenía., que tuvo que seguir un tratamiento con una potente medicación incompatible con el consumo de alcohol, hecho que fue expresamente puesto en conocimiento del acusado por el padre de A., que confió en su amigo, advirtiéndole que su hija no debía beber alcohol. bebidas.

Pese a la advertencia, también reiterada por A., ​​ese primer día, una vez que el padre salió del bar donde se encontraban, la acusada VCON y A. bebieron varias cervezas y A. se emborrachó, teniendo que acompañarla la acusada a su domicilio, donde vomitó y no pudo mantener el equilibrio sin la ayuda del acusado.

Una vez que el acusado demostró la debilidad de A. cuando consumía alcohol, VCON se presentó ante A. como una persona en la que se debía confiar en cualquier caso y, además, intentó conocer aspectos de tu privacidadlo cual fue evidente en mensajes de WhatsApp que intercambiaron durante los breves días que se conocieron, en los que la demandada, recurrentemente, introducía el tema sexual, preguntando a A. sobre las prácticas que la satisfacían e instándola a considerar que cualquier práctica sexual era una buena práctica para ella. .

En el transcurso de estas conversaciones, A. incluso le contó que había tenido una relación sexual con su novio después de haber bebido mucho y que se arrepentía porque no sabía realmente lo que había pasado.

Así, el 15 de junio de 2020, hacia el mediodía, A., confiada en las buenas intenciones de la imputada y en que la estaba ayudando a reconstruir la relación personal con su padre, le envió varios mensajes de WhatsApp diciéndole que estaba sola y que si Podría ir con ella, advirtiendo expresamente “pero nada de cervezas”.

Definitivamente, alrededor de las 2:00 pm se encontraron, pero lejos de responder al pedido de A. de no beber alcoholEl acusado comenzó a pedir cervezas, consciente del efecto que el alcohol tenía en A., como había visto en días anteriores, pero en ese momento, ya guiado por la idea de que si bebía podía hacer con ella lo que quisiera, incluso tener relaciones sexuales.

De esta manera, cuando ya habían consumido varias cervezas y al notar que A. ya estaba mareada y quería irse a su casa, la acusada sugirió que, para que su madre no la regañara, podían ir a su casa, ubicada en Puertollano.

Una vez dentro de la casa, A. se sentó en el sofá mareado y el acusado se quitó la camisa y, con la intención de satisfacer su deseo sexual, comenzó a tocarla, sin que A. tuviera capacidad de reaccionar debido a su estado de semi- conciencia. A pesar de su pasividad, la víctima le indicó al acusado que no quería que continuara, aunque le faltaba fuerza y ​​actitud para resistir.

Debido a su condición, A. terminó quedándose dormido en el sofá y al despertar se dio cuenta que el proceso había aprovechado su sueño para satisfacerse sexualmente.

La víctima acudió el 19 de junio a la Seguridad Social, a cuyo médico de urgencias denunció los hechos, y el 22 de junio denunció los hechos a la Policía.

Mediante auto se acordó alejar a la demandada de A. a menos de 200 metros, dondequiera que se encuentre, así como acercarse a su domicilio, a su lugar de estudio y a cualquier otro lugar que frecuenta, y la prohibición de comunicar.

Por todo ello, el Ministerio Fiscal exige que el acusado reciba una pena de seis años de prisión, además de una medida de libertad supervisada de cinco años desde el cumplimiento de la pena privativa de libertad y una indemnización de 10.000 euros para la víctima, como así como las costas judiciales.

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