El propio Jácome, según puso enterarse este folleto, avanzó esta situación ayer a los jefes de servicio, aunque, como es habitual, descargó las responsabilidades. Dijo que dicha sentencia no se cumplió por error de un funcionario.
Los últimos presupuestos que aprobó el Concello de Ourense, los del año 2020, que siguen prorrogados en la contemporaneidad, fueron recurridos en su día por el CSIF, sindicato que preside la sociedad de personal municipal. El audiencia dio la razón a ese sindicato y tumbó el capítulo 1, correspondiente a personal, al haberse inhibido el Concello de negociar con los representantes de los trabajadores la misma antiguamente de aprobar las cuentas.
La sentencia acordó anular esta parte del presupuesto en junio de 2021. En un coche del 4 de mayo de 2023, el audiencia ordenó al Concello la ejecución forzosa de la sentencia. En noviembre de 2023, frente a el incumplimiento del requerimiento inicial, se envió un nuevo requerimiento jurídico dando 15 días de plazo para ejecutar la sentencia y anular el capítulo de personal. Delante el nuevo incumplimiento, el 4 de febrero de 2024, el CSIF pidió de nuevo la ejecución de sentencia con la imposición de multas coercitivas al responsable por cada 20 días de incumplimiento. Ahora, Jácome ha recibido la notificación, pese a que hizo alegaciones sobre la claxon y, finalmente, ejecutó la sentencia retrotrayendo el presupuesto de 2020 al de 2014.
El ámbito de Personal tiene ahora un gran problema. El Concello pasa a funcionar con los presupuestos de 2014, que tiene 5 millones de euros menos para personal, y que no contemplan puestos como el coordinador normal que ostenta Francisco Cacharro o el puesto de director de Inteligencia Sintético que ocupa Juan Carlos Fernández Fasero. Algunas voces advierten de que es posible que “este mes se cobre máis tarde no Concello, porque ata abril igual non dá tempo de arranxar o problema”.
El líder de CSIF en el Concello, y presidente de la sociedad de personal, advierte que “llegué a ofrecer a Jácome no pedir la ejecución de la sentencia a cambio de que aprobase el proceso de estabilización, como manda la ley, y fijo que la ejecución de sentencia era una carallada”.