El Colegio de Abogacía de Madrid denunciará a la Fiscalía por revelar datos del novio de Ayuso



El Colegio de la Leyes de Madrid (ICAM) interpondrá una denuncia administrativa y otra penal en relación a la presunta quebrantamiento del secreto de las comunicaciones de un colegiado por la revelación de datos en la investigación relativa a Alberto G. A., pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

En una rueda posterior a la Juntura de Gobierno, el decano de los abogados madrileños, Eugenio Ribón, ha anunciado acciones legales en defensa del abogado de Alberto G. A. al revelarse el pasado jueves en una nota informativa de la Fiscalía de Madrid el supuesto ofrecimiento de un pacto por parte de este docto en el ámbito de las diligencias de investigación relacionadas con un supuesto fraude fiscal.

“Ambas denuncias persiguen la identificación completa de los autores de estos hechos para depurar responsabilidades”, ha subrayado el decano del ICAM, quien ha obtuso a preguntas de los medios contactos previos con la Comunidad de Madrid antiguamente de la reunión de la Juntura.

Sobre las denuncias, ha destacado que hay dos supuestos delitos que pivotan sobre la diligencia del Empleo Divulgado en relación al artículo 417 del Código Penal como son la violación de secretos y la infidelidad en la custodia de documentos.

El decano ha recalcado que dicha nota supone “una quebrantamiento sin paliativos del artículo 4 del Estatuto Orgánico del Empleo Fiscal, que establece como pauta genérico de diligencia el respeto a los deberes de reserva y sigilo inherentes al cargo y a los derechos de los afectados”.

Ribón ha iniciado la comparecencia mencionando el artículo 24 de la Constitución, que establece que “todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el gimnasia de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión”.

Derecho de defensa, noble

Al hilo, ha recalcado que “el derecho de defensa, al que se deben los abogados, es noble e inviolable: es una señal para la sociedad, dormitorio básica del Estado de Derecho y un principio fundamental sobre el que se asienta nuestro sistema de honestidad”.

El Colegio considera que con la nota difundida la Fiscalía vulneró su propia reglamento, “que establece, como pauta genérico de diligencia, el respeto a los deberes de reserva y sigilo inherentes al cargo y a los derechos de los afectados, tal y como resulta del artículo 4, apartado Botellín del Estatuto Orgánico del Empleo Fiscal así como el protocolo que regula los acuerdos de conformidad”.

Por ello, ha anunciado que el ICAM, hasta que no se establezcan mecanismos reforzados de confidencialidad, se desvincula del Protocolo de Conformidades, instando a “una revisión del flagrante protocolo dada su inadecuación” conforme a lo sucedido al considerar que “el secreto de sus comunicaciones no parece estar resguardado”.

Adicionalmente, el Colegio presentará una denuncia formal que inicie un procedimiento oficinista sancionador contra aquellos que hayan infringido gravemente lo estipulado en el artículo 62 del Estatuto Orgánico del Empleo Fiscal.

A preguntas sobre filtraciones a medios de comunicación, ha replicado que cualquier revelación es “indeseable” pero “el ICAM no puede darle “trascendencia jurídica”. “Otra cosa es un comunicado oficial en el que se detalla con todo boato de detalles los pormenores de estos datos” en relación al caso de la pareja de Ayuso.

“Extrema importancia”

En un comunicado, el Colegio tachó la semana pasada de “extrema importancia” la supuesta revelación de “datos concretos”, detallando “fechas y contenido de conversaciones y reuniones, produciendo todo ello una ruptura del secreto profesional que ampara las comunicaciones de letrados”.

Según recuerda, “el Estatuto de la Leyes, permitido por Efectivo Decreto 135/2021, en su artículo 22, establece sin paliativos el deber y el derecho de los abogados a abastecer en secreto todas las comunicaciones y propuestas relacionadas con el gimnasia de su profesión, garantizando así la confianza y la protección de los derechos de sus defendido”.

Adicionalmente, subraya que “el Estatuto Orgánico del Empleo Fiscal, en su artículo 4,5º, destaca el divisoria de la obligación de informar por parte del Empleo Divulgado, haciendo hincapié en el respeto al secreto del sumario y a los deberes de reserva y discreción inherentes al cargo, así como a los derechos de los implicados”.

“Este ámbito judicial subraya la importancia del secreto profesional, especialmente en las interacciones entre fiscales y abogados, ya sea durante las diligencias de investigación o en el transcurso de los procedimientos judiciales”, recoge el comunicado.

A sumario del ICAM, “la divulgación de cualquier información relacionada con las posiciones o estrategias legales de las partes, sin un acuerdo de conformidad formalizado, constituye una quebrantamiento de estos principios básicos de sigilo, confianza y buena fe, y pone en peligro la neutralidad que debe caracterizar la diligencia del Empleo Fiscal”.

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