Los letrados del Senado sostienen que la amnistía es inconstitucional pero acceden a tramitarla



Los letrados del Senado han concluido que la proposición de ley de indulto es inconstitucional en un mensaje que critica la tramitación y el fondo de esta norma, a la que denomina como “reforma estafa de la Constitución”, aunque la Mesa de la Cámara Ingreso, con mayoría del PP, decidirá tramitarla pese a la insistencia de Vox.

Según el texto del mensaje, al que ha tenido ataque Europa Press, la secretaría caudillo, encabezada por la nueva letrada longevo del Senado, Sieria Mucientes, expone los diferentes motivos por los que considera que es inconstitucional esta norma, que llega este martes al Senado.

“La Proposición de Ley incurriría en motivos de inconstitucionalidad por vulnerar varios principios, títulos y derechos fundamentales que se contienen en la Constitución”, reza uno de los párrafos del mensaje de los letrados.

Asimismo, el texto señala que “los vicios de inconstitucionalidad no podrían depurarse en esta etapa ni en ninguna otra, pues supone una invasión del contenido esencial de varios derechos fundamentales y de la separación de poderes, que son las dos notas características del concepto de constitución”.

El mensaje expone una inventario de razones por las que consideran que la norma contiene irregularidades en el fondo y durante la tramitación del procedimiento que “podrían comportar una nulo radical de lo actuado en el Congreso”.

Precisamente a este respecto, el mensaje expone que los letrados adscritos al Senado tienen total autonomía respecto de los emitidos en el Congreso y que el texto que recibe este martes el Senado debe “continuar depurando los vicios de inconstitucionalidad señalados”.

Al hilo, el texto critica que la Mesa del Congreso haya “difuminado la existencia de la necesidad” ampliando los plazos reducidos hasta la misma duración que hubieran tenido de haberse seguido el procedimiento ordinario.

Desde el punto de paisaje material, los letrados del Senado sostienen que la ley vulnera varios principios, títulos y derechos fundamentales que se contienen en la Constitución como el valía superior de Honestidad y el principio de separación de poderes; el principio de igualdad, excarcelación ideológica, de seguridad jurídica y de rectitud penal.

Entre otras razones, los letrados observan que la proposición de ley se presenta incompatible con los títulos del Tratado de la Unión Europea resaltando que los delitos de terrorismo, “de una forma incorrecta, se remiten a una Directiva Europea que ya no resulta de aplicación” ya que ha sido “traspuesta y luego, está agotada”, remitiéndose al Senado cuando en primer sitio, recalca el mensaje, se debe aplicar el Código Penal gachupin que es la norma de transposición.

Respecto a la malversación, los letrados apuntan que con la indulto se está “eliminando su consideración como infracción penal, aunque sea para un ámbito temporal y personal escaso y concreto”, infringiendo así la directiva europea.

Asimismo, los letrados descartan que la situación política coetáneo respecto del procès sea cotejable a otras situaciones históricas en las que las amnistías han sido aplicadas para exceder un régimen o cambiar de ciclo político, haciendo un repaso de las anteriores constituciones y recuerdan que la indulto es una “figura singular que contesta a un cambio de orden político inspirado en nuevos títulos”.

Obligación inexorable de tramitar

Así, pese a su mensaje desfavorable sobre la ley de indulto, los letrados explican que la norma debe continuar con la tramitación aludiendo al artículo 104 de su Reglamento en conjunción con el artículo 90 de la Constitución que le “obligan inexorablemente y de forma inmediata” a continuar con la misma, sin que pueda retornar a encasillar la iniciativa para encarar una inadmisión a trámite.

De esta forma, los letrados explican que el único objeto que tendría la no tramitación de la ley en la Cámara Ingreso es que la ley quedaría “aprobada incluso ayer de lo previsto” y se perderían “dos debates políticos de máxima relevancia”.

La Mesa del Senado reitera su obligación de permitir la norma a trámite, insistiendo en la inconstitucionalidad de ley; advirtiendo de que su “carácter” no es el de una ley orgánica y que “debería plantearse el eventual desglose de la iniciativa, de ser este posible”; por otra parte de “concretar el plazo para la tramitación”, sobre el que en estos momentos pesa “una difícil indeterminación puesto que está irresoluto de resolución y en etapa de alegaciones el solicitud de inconstitucional interpuesto contra la reforma del Reglamento”.

A este respecto, los letrados igualmente advierten de que con el traslado del texto al Senado desde el Congreso, “por la necesaria continuidad del procedimiento asamblea constitucionalmente asegurado”, se “están vulnerando los derechos fundamentales de representación política de sus senadores y de la ciudadanía a la que estos representan”.

Por zaguero, señalan que tras la entrada de la iniciativa en la Cámara Ingreso “se podría proponer un conflicto entre órganos constitucionales (artículo 73 a 75 de la Ley del Tribunal Constitucional)” en dos fases: una “previa mediante la celebración de un pleno en el Senado” para pedir al Congreso la retirada de la proposición de ley y una posterior delante el TC, “con petición de suspensión cautelar del procedimiento asamblea” por el “perjuicio irreversible que la paciencia de la resolución del Suspensión Tribunal pudiera provocar en las atribuciones que la Constitución confiere a la Cámara Ingreso”.

Finalmente, el mensaje igualmente plantea un solicitud de amparo “por incumplimiento del derecho de representación política en su punto de vista de `ius in officium` (artículo 23.2 de Constitución), con petición de suspensión cautelarísima del procedimiento”.
 

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