Un hombre pide una indemnización de 100.000 euros después de enterarse de que no es el padre biológico de su hija



Un hombre ha presentado una demanda en el Consejo Consultivo de Andalucía (CCA)en el que solicita la cantidad de 100.000€ por “los daños morales” causados ​​al descubrir que no es el padre biológico de su hija, que fue concebida mediante inseminación artificial utilizando el esperma de un donante y no el del afectado. La demanda ha sido interpuesta por el Servicio Andaluz de Salud (SAS) al ser la institución responsable de la concepción del bebé.

Demanda desestimada

El Consejo Consultivo de Andalucía, con sede en Granada, ha rechazado el reclamo afirmando que “No es fácil valorar el incalculable daño moral” que el hombre dice sufrir tras descubrir que su hija no es biológica.

Los afectados presentó el recurso de apelación en septiembre de 2021. Fue en febrero de ese mismo año cuando descubrió que la niña había sido concebida con un esperma que no era el suyo. Al parecer esta investigación realizado durante el proceso de divorcio de su esposa y, según él, supuso un alto coste económico y emocional.

El hombre sigue afirmando que el Hospital Materno Infantil de Málaga, que depende del SAS, no les informó que el esperma que iba a ser utilizado en fertilización in vitro Era el de un donante.

El hospital presenta evidencia de consentimiento.

El hospital ha aportado como prueba documentación clínica, que el matrimonio firmó antes del proceso. Entre estos papeles se encuentra un expediente en el que el consentimiento para la fertilización in vitro con semen de donante. Este documento es firmado por el demandante.

En ese mismo acuerdo, existe una cláusula específica en la que ni el hombre ni la mujer podrían impugnar la filiación matrimonial del niño nacido por fecundación “previa firma del consentimiento para la fecundación con el aporte del donante”.

También hay un informe de 2021 lo que indica que el semen del demandante presentado “azoospermia y semen no capacitado”. La azoospermia es una ausencia total de espermatozoides tras la eyaculación, aunque depende de cada caso, generalmente cuando se produce este semen no entrenable se necesita un donante para realizar una inseminación in vitro.

Donantes de esperma

Para ser donante de esperma en España hay que pasar por una serie de pruebas medicas para comprobar la calidad del esperma. El monto económico que suele recibir el donante varía entre el 30 y 50 euros por donación.

El proceso es algo sencillo, ya que el donante tiene que aportar una x cantidad de esperma eyaculado, el cual será congelado en un banco de esperma para que pueda ser utilizado posteriormente por una mujer o pareja que lo requiera.

La identidad del donanteno puede ser revelado a la pareja que recibe el semen, así como el donante no puede conocer la identidad del bebé o de los bebés fecundados con su esperma. La familia receptora sólo tendrá conocimiento de aspectos físicos como el color del cabello o el tipo de sangre. Sólo en ocasiones excepcionales, cuando se trate de una patología grave, se podrá solicitar orden judicial para comprobar la identidad del donante.

Estos son los requisitos para ser donante en España:

  • Tener entre 18 y 50 años
  • No tener ninguna enfermedad de transmisión sexual transmisible al feto como VIH, Hepatitis B o C y sífilis.
  • No tener ninguna enfermedad genética.
  • Buena salud física y mental (a comprobar con pruebas médicas y psicológicas)
  • Tener calidad del semen, para asegurar que los espermatozoides sobrevivan al proceso de congelación.
  • No tener más de 6 hijos.

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