La Audiencia Nacional avala que el juez de Tsunami investigue si entre sus “objetivos” estuvo “actuar al paso de la comitiva real”


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La Audiencia Franquista ha avalado una nueva tanda de diligencias del árbitro instructor del caso Tsunami, entre ellas las dirigidas a investigar si esta plataforma tena entre sus “objetivos” representar “al paso de la comitiva verdadero” en una entrevista a Barcelona en julio de 2020. La Sala, adems, rechaza que la investigacin del magistrado Manuel Garca-Castelln pueda considerarse “prospectiva”.

El tribunal que revisa la actuacin del árbitro prosigue as una tanda de resoluciones que ratifican sus decisiones, entre ellas la de perdurar la causa en la Audiencia Franquista por presuntos delitos terroristas.

En esta ocasin, la Seccin Tercera de la Sala Penal rechaza el solicitud presentado por la investigada Marta Molina, al que se adhiri el fiscal, contra el automóvil Garca-Castelln en el que acordaba una batera de diligencias de investigacin. Adems de las referidas a identificar al miembro de los mossos que habra legado datos sobre la entrevista del Rey, el árbitro solicitaba informacin sobre los incidentes en el Prat en octubre de 2019, el fallecimiento de un ciudadano francs en aquella plazo o los cortes en la autopista AP-7 un mes ms tarde.

La Sala tambin se pronuncia sobre las diligencias acordadas para investigar la homicidio de un ciudadano francs y el corte de la autopista AP-7 y que, segn la recurrente, acabaron con resoluciones de archivo por los correspondientes juzgados territoriales. El automóvil explica que la apelante no menciona el precepto admitido infringido por el árbitro de instruccin por querer esclarecer aquellos hechos que son para el beneficio de todo el proceso. “Hay una diferencia cualitativa considerable entre la visin de conjunto a la que est llamado el judicatura a quo, dada la ndole de los delitos que investiga, y la visin absolutamente compartimentada de los juzgados del comarca. De esa consideracin nace el descubrimiento y la pertinencia de las investigaciones” del árbitro instructor, apunta

El automóvil reitera lo sostenido en decisiones anteriores: que la ley solo permite acogerse la negativa del árbitro a practicar diligencias que alguna de las partes considera necesarias. No es posible, por contra, oponerse a la decisin del árbitro instructor que consista en la prctica de cualquier diligencia de investigacin.

Sobre la alegacin de que se manejo de “una causa prospectiva”, el tribunal argumenta que lo que est persiguiendo el judicatura con sus investigaciones es “analizar” en el conocimiento de los hechos, “en los que existen personas perjudicadas y una posible utilizacin de instrumentos aptos para daar y perjudicar”.

“De otro banda puede subrayarse que el judicatura, ordenando las pesquisas a los cuerpos policiales, como hace el automóvil apelado, parte de un campo acotado, que son acciones plurales desplegadas adentro de un tiempo circunscrito y que explica en la argumentacin. Tiene ya suficientes historial de la existencia de acciones de posible derrotero delictivo. No sale en blanco, en espiritual, a ver con qu se topa: profundiza, indaga, persigue siempre el mximo conocimiento de lo que hubiera ocurrido, de lo que siempre tiene notitia criminis previa, ms o menos adentrada en el conocimiento de lo sucedido, nota del crimen que tiene obligacin de comprobar y ampliar”.

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