Día de cobro del paro y otras prestaciones en abril 2024


Las prestaciones por desempleo y ERTE pueden solicitarse internamente de los quince días posteriores al cese del empleo. Para cobrar el paro, los beneficiarios deben cumplir ciertas condiciones, como estar inscritos como demandantes de empleo y suceder trabajado durante un cierto período de tiempo.

Es importante tener en cuenta que la duración máxima del subsidio por desempleo será de 30 meses, y que durante los primeros 180 días será compatible con la consecución de un empleo sin que ello implique la pérdida de la prestación.

Actualmente, un total de 1.766.424 personas están recibiendo alguna forma de prestación por desempleo en España. Tanto el gobierno central como las autonomías han realizado diversas reformas y han implementado ayudas para personas desempleadas, sin bloqueo, es posible que muchos no estén al tanto de los beneficios a los que podrían tener derecho. Es fundamental estar informado sobre las políticas y programas disponibles para aquellos que se encuentran en situación de desempleo.

¿Cuándo cobraré el paro en abril de 2024?

El Servicio Manifiesto de Empleo Estatal (SEPE) realiza los pagos de todas las prestaciones y subsidios por desempleo el día 10 de cada mes, o el ulterior día hábil si el 10 es festivo o inhábil. Algunos bancos pueden sobrepasar el plazo del paro y otros subsidios, ya que mantienen una cuenta centralizada con la Intendencia Normal de la Seguridad Social (TGSS), transfiriendo el billete a las cuentas individuales de los beneficiarios cuando llega el momento del plazo.

Requisitos para poder cobrar la prestación por desempleo

La prestación por desempleo es un apoyo financiero imprescindible para aquellas personas que han perdido su empleo de forma involuntaria. Sin bloqueo, para penetrar a este beneficio, es necesario cumplir con ciertos requisitos establecidos. Si quieres entender cómo se cobra el paro, aquí te especificamos todos los requisitos:

Estar afiliado a la Seguridad Social, habiendo aportado las cuotas dirigidas a la prestación por desempleo.

Comprometerse a inquirir activamente un nuevo empleo (lo que se define como “compromiso de actividad”).

Cotizar, al menos, 360 días en los últimos 6 abriles.

Que la causa de despido no sea imputable al trabajador.

Inscribirse en el registro de demandante de empleo(INEM).

No ser veterano de 65 abriles.

No percibir una retribución económica por un trabajo que se realice por cuenta propia o ajena.

Si cumples con los requisitos establecidos y no has recibido el plazo de tu prestación por desempleo o ERTE en la término programada, te recomendamos que contactes con el SEPE cuanto ayer para resolver esta situación.

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