El Tribunal Superior de Justicia de Navarra rebaja un año la condena a un miembro de ‘La Manada’ por la ley del sí es sí


El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rebajado de 15 a 14 años la pena de prisión impuesta por el Tribunal Supremo a Ángel Bozauno de los cinco condenados por la violación colectiva de los Sanfermines de 2016, en aplicación de la ley del ‘sí es sí’: entiende que fue castigado al considerar que la pena se acercaba a la mínima que con la reforma legal impulsada por el Ministerio de Igualdad, había bajado.

La resolución, notificada este martes, modifica así la sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra, que En febrero pasado cerró la puerta. aplicar las penas más bajas previstas en la ley a este condenado por el caso La Manada, el único que de facto podría ver acortada su estancia en prisión porque la liquidación de las penas acumuladas por otros delitos en el resto de los integrantes del grupo supondría que no notarían una reducción incluso si la hubiera. No han apelado.

La resolución, que no es firme porque hay apelación ante el propio Tribunal Supremo, se ha llevado a cabo mediante los votos de los jueces Joaquín Galve Sauras, presidente del TSJN y portavoz, y Francisco Javier Fernández Urzainqui. La vocal tercera de la Sala, la magistrada Esther Erice Martínez, ha formulado voto particular argumentando que debe desestimarse la revisión, en consonancia con la posición de la víctima y de la Fiscalía.

La posición mayoritaria considera que de esta forma consideran “razonable conforme a derecho, respetuoso de las normas jurídicas básicas para la determinación de la pena y acomodado a los criterios de proporcionalidad” aplicar esta reducción de un año menos de prisión.

Mantener la pena de 15 años impuesta en la sentencia ya no mantendría la cercanía o proximidad al mínimo legal del arco penológico esperado, que la Sala sentenciadora (el Tribunal Supremo) consideró y fijó como parámetro o referencia en su individualización. Es decir, la alejaría de él, agravando la situación relativa del condenado que, de 9 meses de prisión por encima del mínimo entonces previsto, terminaría con una pena 2 años superior al mínimo que le correspondería en de conformidad con la Ley Orgánica 10/2022”, explica la resolución.

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