La Justicia anula 158 multas por exceso de velocidad en la M-30 por ‘falta de motivación’


Unos planes “insuficientes” a ojos de los jueces de lo Contencioso-Administrativo han obligado al Ayuntamiento de Madrid a devolver 158 multas por exceso de velocidad en la M-30 en sólo 20 meses. En todos estos casos recurridos ante los tribunales se trata de conductores que superaron el límite de velocidad de 70 kilómetros por hora que está marcado en algunos tramos de la circunvalación por la que ya han circulado en lo que va de año 248 millones de usuarios.

De acuerdo con lo establecido en la norma, es la administración que sanciona, en este caso el Ayuntamiento de Madrid, “quien debe demostrar la comisión de la infracción, para lo que utiliza la medición que realizan los radares, en este caso fijos, que se encuentran en determinados tramos de la M-30.

Sin embargo, los magistrados consideran que los documentos aportados por el ayuntamiento capitalino no son suficientes para acreditar la “existencia de esa limitación concreta”. Y es por ello que, a juicio de los tribunales, debe prevalecer la presunción de inocencia, declarando nulos cada uno de los 158 expedientes reclamados ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

Según Dvuelta, la oficina que ha representado a los conductores recurrentes, cuando se exigió la acreditación del citado límite de velocidad, el ayuntamiento de Madrid “se limitó a facilitar al juzgado unas fotocopias de unos planos de la M-30”.

De hecho, señalan que, en una de las sentencias, el tribunal reprocha al ayuntamiento haber enviado “un plano de señalización en el lugar de la infracción al que no se le puede conceder virtualidad alguna, no sólo por su mala calidad de imagen sino porque está fechado en diciembre de 2017, es decir, en fechas muy anteriores a la infracción sancionada y que hace referencia a una tarea de interpretación de símbolos y signos.

En otra sentencia, la misma organización señala que este plano enviado por el ayuntamiento “es ilegible, ni fechado ni certificado, como un informe con una lista de radares y características sin aplicación al caso concreto”. “El ayuntamiento tiene la obligación, como administración, de justificar debidamente, por la vía administrativa (previo al procedimiento judicial), los motivos por los que se rechazan las alegaciones”, recuerdan en Dvuelta, ya que de lo contrario, aseguran, con esta práctica, ” Se crea un perjuicio añadido para el conductor sancionado”.

Nueva documentación

Desde el Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad explican a torrevieja news today que “algunas sanciones han sido anuladas después de que el juez considerara ‘insuficientes’ los planos de señalización de la M-30 -en los que aparece cada una de las señales por las que pasa previamente el conductor- cada radar–, por lo que el ayuntamiento ha comenzado a enviar otros planes en este tipo de trámites.

Sin embargo, las mismas fuentes municipales destacan que el volumen de multas anuladas en los juzgados respecto al total de multas impuestas por exceso de velocidad es “mínimo”.

En concreto, señalan que el año pasado se impusieron 485.492 sanciones en toda la ciudad de Madrid por esta misma infracción. De ellos, precisan, un total de 310 han sido derribados por los tribunales, lo que representa el 0,06% del total, destaca el consistorio.

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