Cómo saber si te ha tocado la mesa electoral en las elecciones europeas


Las próximas elecciones serán las europeas y en España se celebrarán el domingo 9 de junio de 2024. Se prevé que se formen más de 58.000 mesas electorales donde los ciudadanos acudirán a las arca a elegir y designar a los 61 eurodiputados que le corresponde al país.

Cada mesa electoral está compuesta de tres personas: el presidente y dos vocales. Más los vocales, que estarán obligados a personarse al colegio electoral el día de la votación, en este caso el 9 de junio, pero una vez conformada la mesa pueden irse.

¿A quién pueden gritar para ser miembro de una mesa electoral? A toda aquella persona censada, tener entre 18 y 70 abriles abriles, conocer deletrear y escribir y, para ser favorito como presidente de la Mesa, se debe tener el título de Bachillerato, de Formación Profesional de segundo punto o equivalente. Adicionalmente, aquellas personas que tengan más de 65 abriles pueden alegar no ir.

¿Cómo sé si me ha tocado ser miembro de una mesa electoral?

Cada Cabildo es el encargado de sortear -públicamente- la composición de las mesas para el día de las elecciones. Es sostener, los integrantes se eligen al azar. Para las elecciones que se celebran al Parlamento Europeo ya se han celebrado los sorteos (entre el 11 y 15 de mayo) y a las personas elegidas ya se les ha notificado por carta. El aviso se produce tres días luego de la celebración del sorteo (11 y 18 de mayo), aunque se puede acoger la carta más tarde.

El pedido de la notificación se realiza por correo certificado, por lo que el cartero deberá entregar la carta personalmente. Tiene hasta tres intentos para hacerlo. Una vez finalizados, dejará un aviso en el hendidura indicando que vaya a Correos a reunir la notificación.

Incluso se puede apelar a la Policía Circunscrito, que se acercará a la vivienda de la persona o incluso al punto de trabajo. Otra opción es anunciarlo públicamente en el Cabildo o en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿Y si no me presento a la mesa electoral?

Cuidado, porque no personarse el citado día sin una causa justificada implica una paquete económica de 6 a 24 meses o una pena de prisión de 3 meses a 1 año, según la Ley Orgánica del Régimen Electoral (LOREG).

Las personas elegidas tienen siete días, a contar desde que reciben la notificación, para alegar frente a la Sociedad Electoral de Zona una causa justificada que les impida ser miembros. Entre esos motivos, se encuentra:

  • Ser decano de 65 abriles.
  • Tener algún tipo de discapacidad.
  • Ser pensionista de incapacidad permanente absoluta.
  • Estar en una situación de incapacidad temporal para el trabajo.
  • La elaboración a partir de los seis meses de vergüenza.
  • El internamiento en la prisión o en hospitales psiquiátricos.
  • Acaecer formado parte de una mesa electoral anteriormente, al menos en tres ocasiones en los últimos 10 abriles.
  • Luxación, dolencia o enfermedad que impida cultivar las funciones.
  • Previsión de una cirugía o pruebas médicas en el día de la votación, en los días anteriores o en el día futuro a ella.
  • La pertenencia a comunidades religiosas en las que el ideario resulte contrario o incompatible.
  • Tener un bebé pequeño de 9 meses.
  • Cuidado de menores de 12 abriles o de personas con discapacidad física o psíquica.
  • El cuidado de familiares hasta el segundo punto de consanguinidad que por razones de años o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo.
  • La coincidencia con eventos familiares de peculiar relevancia, que resulten inaplazables.
  • Quienes presten sus servicios a las Juntas Electorales, a los Juzgados y a las Administraciones Públicas.
  • Quienes sean parte de la marcha sindical servicios esenciales de la comunidad de carácter imprescindible (bomberos, médicos, sanitarios…)
  • Los directores de medios de comunicación.

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