El caso, en concreto, responde al de un padre de dos hijos, con una prestación por incapacidad permanente absoluta, reconocida mediante sentencia desde octubre de 2019. En noviembre del año siguiente, el hombre declaró al Instituto Nacional de la Seguridad Social una maternidad extra, por aumentar su beneficio en un 5%, y luego fue negado. Tras conocer la noticia, el padre recurrió a la vía judicial.
Fue el juzgado de Vigo el que consideró que había habido un incumplimiento estrictamente normativo y otorgó la indemnización por maternidad a la demandante desde la fecha de su solicitud, con retroacción de 90 días, según lo establecido en la Ley General del Seguro Social.
El hombre, a pesar de ello, fue más allá. Luego recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, al entender que también le correspondía el importe de ese extra a partir de la fecha en que se le concedió la prestación, esto se produjo en octubre de 2019, por haber sufrido, según el recurso de casación. , discriminación por razón de sexo.
Hoy se ha conocido que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que los padres de dos o más hijos, como en este caso, obligados a acudir a los tribunales para beneficiarse de un complemento a la pensión de invalidez, tienen derecho a una indemnización adicional por él.