La Audiencia de Ourense absuelve a un acusado de agresión sexual porque las menores actuaban “como adultas”



La Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto a un perceptible cometer delitos de ciberacoso, embestida sexual y corrupción de menores al considerar que no puede acreditarse que el procesado conocía que las supuestas víctimas no tenían la mayoría de tiempo.

En una sentencia contra la que cerca de procedimiento facilitada a los medios este jueves por el TSXG, la sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense dicta la evadido absolución del procesado, que había conocido en un bar a las menores, tuteladas por la oficina y residían en un centro de acogida.

El tribunal explica en su error que la comisión de los delitos imputados “gravita inexorablemente en la demostración del conocimiento” por parte del perceptible de la condición de menores de tiempo de las víctimas -16 abriles respecto a los delitos de ciberacoso y embestida sexual y de 18 en la de corrupción de menores-.

Los jueces destacan que no existe la “necesaria seguridad de convicción de que el perceptible conocía que ambas jóvenes eran menores de 18 abriles” pues, como recuerdan en la sentencia, una de ellas aseguró durante el discernimiento que le dijo al procesado que era dos abriles maduro que la verdad y la otra víctima le trasladó que tenía 18 abriles.

Añaden que las supuestas víctimas “consumían bebidas alcohólicas” y se desenvolvían “como adultas”, por lo que concluyen que “no es posible descartar razonablemente que aquel se convenciese de su mayoría de tiempo”. Encima, apuntan que la directora y la educadora del centro de acogida en el residían destacaron en la horizonte que las menores “tenían comportamientos propios de otra franja de tiempo”.

La Audiencia considera probado que el procesado, en el año 2021, entabló una relación con las menores -nacidas en 2005-, en el curso de la cual les propuso relaciones de carácter sexual a cambio de cuartos.

Seguidamente, según el relato de hechos probados de la sentencia, contactó con una de ellas a través de su teléfono móvil y le ofreció cuartos a cambio de fotografías de sus partes íntimas, llegando a entregarle 40 euros.

Unos días luego, concertaron los tres una cita en el desván de una vivienda de un conocido del procesado, pero el tribunal no entiende acreditado que mantuviese con una de ellas una relación sexual.

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