Un matrimonio se enfrenta a más de tres años de cárcel por «quedarse» con parte de los 15 millones de euros de un premio de la Lotería Nacional que vendió en su bar


La Fiscalía solicita una pena de tres primaveras y medio de mazmorra por un supuesto delito de apropiación indebida para cada uno de los dos miembros de un nupcias administrador de un bar de la billete valenciana de Pedralba, acusados de «quedarse con parte del fortuna de un premio de 15 millones de euros de la Suerte Franquista que habían vendido en su establecimiento a una de sus clientas«.

El cordura comienza este lunes 10 de junio en la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia y está previsto que se prolongue durante cuatro días. Los hechos ocurrieron a partir del sorteo de la Suerte Franquista del 18 de marzo de 2017 en el que resultó premiado un número que se vendía en el bar semanalmente a clientes fijos y que los dueños se quedaban en custodia.

En concreto, uno de los décimos había sido premiado con los 15 millones por coincidir igualmente la serie y la fracción, y el resto de billetes habían sido premiados con 130.000 euros, ya que solo coincidía el número.

Según la información sobre el caso proporcionada por el Tribunal Superior de Rectitud de la Comunidad Valenciana, «tras conocer el resultado del sorteo, el nupcias se reunió con una de las agraciadas quien», según la Fiscalía, era «la dueña del décimo millonario, y le dijeron que no podían distinguir el billete con la serie y la fracción premiada del resto por lo que, si quería cobrar, tenía que repartir el premio entre todos compradores».

«Importante perjuicio patrimonial»

De acuerdo con las mismas fuentes, «la víctima, nerviosa por la nueva y desconocedora de más datos, prestó su conformidad y, el 20 de marzo de 2017, todos los agraciados acudieron a un certificador para formalizar que compartían todos los premios«.

La Fiscalía mantiene que los encausados habían hecho creer a la perjudicada que su décimo no era el premiado con el mayor valor, por lo que sufrió un «importante perjuicio patrimonial».

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