el Juzgado Militar Central acepta la inhibición e investigará a los mandos aforados


El enjuiciador Togado Marcial Central número 2 ha aceptado la inhibición a su privanza del Tribunal territorial número 21 de Sevilla, del sumario destapado por la homicidio de dos militares en la almohadilla de Cerro Muriano de Córdoba el pasado 21 de diciembre durante unas maniobras. Así, roborar el procesamiento, en calidad de investigados, de los cuatro mandos aforados señalados por el enjuiciador instructor, que se suman a los encausados desde un principio: el capitán Ignacio Zúñiga, el teniente Jaime Tato y el mangonero Gustavo Álvarez.

Así lo ha transmitido a conocer en una resolución, comunicada el pasado 6 de junio, en la que señala que «nos encontramos frente a unos hechos de extrema agravación de los que, en el momento procesal oportuno, podrán exigirse diversas responsabilidades».

Por ello, «el ámbito de la investigación para la atribución de responsabilidades debe ser el que ofrezca mayores garantías y según la reglamento […], ‘la competencia para conocer los delitos colectivos… corresponderá al víscera legislativo marcial llamado a arbitrar al más caracterizado de los imputados’».

El Tribunal Marcial reconoce que «se alcahuetería de una situación muy compleja que requiere de un observación minucioso y íntegro de todos los fundamentos determinantes en la producción de los gravísimos resultados» que se materializaron en el fallecimiento de los dos jóvenes militares.

De este modo, amplía la investigación a cuatro mandos aforados: dos coroneles, un teniente coronel y un comandante, por el supuesto incumplimiento de sus atribuciones en la realización de las maniobras. «Estas conductas o las correspondientes omisiones en las mismas […] merecen una investigación con todas las garantías».

Citaciones para decidir

En este sentido, tras contraer la competencia del caso, el titular del Tribunal Marcial Central 2 ha decretado, a través de un utilitario firmado el pasado 7 de junio (sólo un día a posteriori de hacerse cargo del caso), la toma de declaraciones, así como la recabación de informes para determinar qué sucedió la mañana de autos, cuando el soldado Carlos Bravo y el angla Miguel Cielo Jiménez murieron ahogados en el transcurso de una experiencia consistente en el ‘cruce de paso de agua’, en un marisma del Campo de Tiro de la almohadilla marcial cordobesa.

En concreto, el enjuiciador quiere escuchar a los 20 soldados, siete sargentos, seis cabos y un subteniente «que tuvieron relación directa con los hechos investigados». Por otra parte, todavía flama a decidir a cinco médicos (tres de ellos forenses) en calidad de peritos; contiguo a un teniente médico y a un comandante auxiliar técnico sanitario (los dos de la BRI X), contiguo a un centinela civil: estos tres últimos como testigos-peritos.

En el utilitario todavía se piden los siguientes informes: uno acerca de la afectación en el organismo de la hipotermia; otro sobre las características, riesgos y medidas preventivas que se deben tomar antiguamente de una inmersión en aguas frías; y un tercero que proporcione todos los detalles sobre el gimnasia ‘paso de ríos’, el que realizaron las víctimas el día de autos.

Nulo de las declaraciones

Por otro flanco, el utilitario del Tribunal Togado Marcial Central número 2 informa de que va a inicar el trámite «para proceder a la nulo de las declaraciones testificales» que se tomaron al capitán Zúñiga, el teniente Tato y el mangonero Álvarez por parte de la policía legislativo. El enjuiciador considera que «adolecen de un vicio procedimental [se advirtió a los investigados de su ‘obligación de decir la verdad’] que genera indefensión material en los actualmente investigados».

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