La Junta de Fiscales avala por la mínima la orden de García Ortiz de aplicar la amnistía total a los líderes del ‘procés’


El fiscal normal del Estado, Álvaro García Ortiz, ha encomendado a su número dos, la teniente fiscal, María Ángeles Sánchez Conde, y al presidente de lo Penal Joaquín Sánchez Covisa el noticia que la Fiscalía presentará delante el Tribunal Supremo pidiendo la aplicación total de la perdón a los líderes del ‘procés’. Lo ha hecho tras escuchar a una fracturada Comité de Fiscales de Sala en la que la medio de sus miembros han defendido el criterio de los cuatro representantes del Profesión Sabido en esta causa, que no ven amnistiable la malversación que cometieron los miembros del Govern presidido por Puigdemont al estar excluida de la propia ley, que veta el borrado de este delito cuando hay ganancia patrimonial o beneficio personal, y aquí lo hubo.

Conforme a lo previsto, los fiscales de la UPF, asociación de la que García Ortiz ha sido portavoz y que se ha trillado sistemáticamente beneficiada por nombramientos en puestos secreto, han apoyado la teoría del fiscal normal. La opinión de la Comité no era vinculante, pero García Ortiz ha intentado atraerse el decano número posible de apoyos. Será el noticia que quería imponer a los cuatro fiscales el que finalmente se presente delante el stop Tribunal, que dio a las partes cinco días de plazo para presentarlo. Esos cinco días hábiles, menos ampliación, terminan mañana.

La reunión de la Comité comenzó este martes a las 9.30 horas con la audiencia de 36 de los 38 fiscales que la componen: 34 de ellos de forma presencial y dos telemáticamente. Otros dos justificaron su abandono por motivos médicos.

El debate procesal ha sido muy intenso y ha empezado con las intervenciones de los fiscales del ‘procés’ defendiendo su criterio de restricción de la malversación y el motivo por el que no acatan la orden dada, razón por la que se ha celebrado esta unión tras activar el artículo 27 del estatuto fiscal, la negativa a cumplir una orden dada. Para los fiscales la Sala Segunda ya ha establecido que es compatible la desviación de fondos con la apropiación de estos con humor de utilidad. Adicionalmente, conforme al derecho comunitario la malversación de fondos afecta a los intereses financieros de la Unión Europea». y que la derecho del Supremo establece que «es perfectamente compatible la desviación de fondos de su destino con la apropiación de fondos no restituidos con humor de utilidad».

La malversación en este caso no puede ser objeto de perdón, dicen, porque en este caso «los funcionarios públicos constituidos en autoridad se apropiaron del cuartos manifiesto para sufragar los gastos de su plan inconstitucional». Los fiscales aluden asimismo a la directiva europea que incluye la malversación como uno de los delitos que, como el blanqueadura de capitales o el cohecho, «afectan a los intereses financieros de la Unión».

Beneficio

La teoría que se llevará al Supremo será sin secuestro, la de que la malversación del 1-O es amnistiable y que cuando la cuando la Sala Segunda del Supremo revisó el delito de malversación tras la reforma penal de diciembre de 2022, concluyó que los responsables del delito -aunque obraron con humor de lucro- «no lo hicieron con el propósito de obtener un ganancia personal». «Sin perjuicio del indudable valencia hermenéutico que debe reconocerse a la derecho a la hora de interpretar los conceptos de ‘ganancia’ y ‘beneficio patrimonial’, no debe olvidarse que la ley de Gracia, a diferencia del Código Penal, ofrece una definición auténtica del concepto de ‘ganancia’. Definición que, no parece ocioso rememorar, no tiene por qué ser coincidente con la previamente ofrecida por la derecho elaborada sobre el concepto de ‘humor de utilidad’. De hecho, el término ‘ganancia’ ni siquiera aparece contemplado en el Código Penal», señala el escrito que hará suyo la teniente fiscal.

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