Begoña Gómez acusa al juez de violar sus derechos por no aclarar por qué hechos la investiga


Begoña Gómez, mujer del presidente Pedro Sánchez, quien está siendo investigada por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, ha destacado al mediador instructor Juan Carlos Peinado de violar su derecho a una tutela sumarial efectiva. Lo ha hecho a través de su defensa, que alega que el mediador no ha proporcionado la información necesaria en su respuesta a la solicitud de explicación sobre los hechos que permanecen en el caso a posteriori de que la Fiscalía Europea asumiera parte del mismo.

Esto se detalla en un escrito de su abogado, el exministro del Interior Antonio Camacho, en respuesta a la providencia emitida por el titular del Curia de Instrucción número 41 de Madrid. En dicha providencia, el mediador respondía a la solicitud de la esposa del presidente del Gobierno para aclarar cuáles eran los asuntos que seguían en curso tras la atrevimiento del entraña europeo de responsabilizarse los temas relacionados con los contratos adjudicados por Red.es a una UTE que incluía a Innova Next, empresa del patrón Juan Carlos Barrabés.

Camacho señala en su escrito que la Audiencia Provincial de Madrid indicó en su utilitario de respuesta a la Fiscalía, que había solicitado el archivo de las actuaciones, que de los tres bloques de hechos mencionados en la denuncia de Manos Limpias, solo había almohadilla probatoria suficiente para investigar los relacionados con la adjudicación de los contratos por parte de Red.es. Poco a posteriori, Peinado se inhibió a merced de la Fiscalía Europea en relación con los hechos “relativos a la adjudicación de los contratos financiados con fondos europeos por la entidad pública Red.es a la UTE Innova Next SLU- Escuela de Negocios The Valley”.

El magistrado, recuerda Camacho, aseguró lo venidero: “Sin perjuicio de las irregularidades vinculadas a los anteriores hechos que pudieran constituir infracciones penales y en las que se vieran afectados fondos europeos”. Con esto, Camacho insiste en que la redacción de la parte dispositiva de la resolución “no es clara” y añade que “todo indica que la inhibición se produjo en relación con aquellos contratos para los cuales la Audiencia Provincial estimó que existían indicios suficientes para iniciar una investigación“. “En definitiva, el magistratura se inhibía a merced de la Fiscalía Europea en relación a aquellos hechos que constituían el objeto del presente procedimiento”, resume.

Sin incautación, como a su parecer, esto no era claro, pidieron una explicación al mediador, quien emitió la providencia conocida esta semana. “La providencia objeto del presente expediente no aclara en rotundo un pájaro esencial de todo procedimiento penal, que es el conjunto de hechos que se imputan a la única persona que estaba sujeta a investigación”, apunta Camacho. Añade que esto “afecta gravemente los derechos que la Ley de Instrucción Criminal (LECrim), la Constitución y distintas normas europeas e internacionales atribuyen a mi representada”.

El abogado explica que esa providencia del mediador da a entender “que está investigando aquellos bloques que la Audiencia Provincial de Madrid estimó que no reunían los medios necesarios para inaugurar la investigación en un Estado de Derecho”. Sin incautación, añade que siquiera lo dice con claridad y que “lamentablemente, la recital de las actuaciones siquiera aclara el objeto del presente procedimiento”. “Es inasequible enterarse qué es lo que el magistratura estima que es objeto de investigación en la presente causa. Máxime si tenemos en cuenta que está citada a decidir en unos días sobre unos hechos que desconoce”, lamenta.

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