Multa de 28.000 euros para esta conocida aerolínea por negar el embarque a una pasajera por llevar escote


La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha impuesto una multa de 28.000 euros a la aerolínea Vueling por desmentir el embrollo a una mujer en el aeropuerto de Palma de Mallorca adecuado a su vestimenta.

Los hechos, denunciados por la asociación de consumidores Facua, ocurrieron en 2019, cuando la pasajera intentaba asaltar un revoloteo con destino a Barcelona vestida con un bodi escotado.

Según Facua, una azafata del revoloteo impidió a la mujer alcanzar al avión argumentando que su vestimenta no cumplía con los estándares de la compañía. A pesar de que otros pasajeros intervinieron a ayuda de la afectada, la tripulación se negó y dejó en tierra a la afectada.

La asociación de consumidores calificó esta destreza como discriminatoria y con tintes machistas, subrayando que no existe norma que prohíba la admisión de pasajeros basada nada más en su indumentaria, siempre que esta no vulnere el orden notorio.

Facua trasladó los hechos a AESA al entender que se habían vulnerado los derechos de esta usuaria discriminándola por su forma de vestir, dejándola en una “completa indefensión”.

Tras investigar el caso, la AESA concluyó que Vueling infringió varios artículos de la Ley 21/2003 de Seguridad Aérea, que protege los derechos de los pasajeros frente a prácticas discriminatorias. La beneplácito de 28.000 euros se fundamenta en estas infracciones, marcando un precedente en la regulación del trato igualitario internamente del sector leve gachupin.

En respuesta, Vueling ha indicado que en el momento del incidente se consideró la acto de la pasajera como “agresiva”, motivo por el cual “se decidió gritar a las autoridades competentes”. La aerolínea ha inhábil que sus condiciones de transporte fueran desiguales dependiendo del artículos y ha reiterado la posibilidad de rehusar el embrollo por comportamiento inadecuado. “Las condiciones de transporte, que se aplican de guisa igualitaria a hombres y mujeres, establecen la posibilidad de denegación de embrollo por su comportamiento”, ha recalcado una portavoz de Vueling.

Los hechos ocurrieron en 2019 y el expediente sancionador fue resuelto en octubre de 2020, pero la asociación ha sido informada ahora del resultado de la denuncia.

Nueva polémica

Esta polémica se ha donado a conocer una año a posteriori de que la aerolínea se enfrentara a una multa de 30.000 euros por exigir a las azafatas sobrellevar maquillaje y tacones de 5 y 8 centímetros.

Tras comprobar que el código de vestimenta no era tan cumplidor para los asistentes de revoloteo masculinos -que simplemente debían sobrellevar “un aspecto expedito y arreglado”- tanto la Inspección de Trabajo como el sindicato de tripulantes de cabina Stavla consideraron que los criterios estéticos de la aerolínea son discriminatorios y pidieron trabajar por una imagen corporativa “de guisa menos onerosa y más equilibrada, sin afectar a los derechos fundamentales de los trabajadores“.

Pese a ser una de las aerolíneas de bajo coste más grandes de Europa, incluso es una de las que más polémicas ha tenido por este tipo de cuestiones discriminatorias.

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