condenas reducidas y dos excarcelaciones


La Audiencia Provincial de Córdoba ha revisado 50 sentencias como consecuencia de la entrada en vigor de la ley ‘sólo sí es sí’, que regula las agresiones sexuales y tiene como centro crítico el consentimiento, pero que ha provocado la reducción de penas para casi un tercio de los condenados cuyas víctimas en muchos casos fueron niños.

En los tribunales cordobeses hasta noviembre de 2023 se han registrado 15 reducciones de penas para los condenados por delitos sexuales como consecuencia de la aplicación del nuevo cálculo de estos tipos penales, según datos facilitados a torrevieja news today por el Consejo Caudillo del Poder Contencioso (CGPJ).

La Audiencia confirma igualmente con la aplicación de la nueva ley la puesta en familiaridad de dos condenados por agresiones sexuales a menores. Ahora, han desencajado a la calle con la aplicación del nuevo texto permitido propuesto por el Gobierno y consentido por las Cortes.

El primero de estos casos de excarcelación correspondía al violador de una pupila de 12 abriles. El 21 de noviembre de 2016 la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba condenó a 14 abriles de prisión a Encanto O., ecuatoriano de 40 abriles, por inmovilizar, inmovilizar y colocar una cinta aislante en la boca a una pupila de 12 abriles que estaba bajo su cuidado, para luego violarla al menos en cuatro ocasiones en su casa.

Este hombre fue excarcelado el pasado 21 de diciembre de 2022 tras la entrada en vigor de la polémica Ley del ‘Sólo sí es sí’, que obligaba a la revisión de su condena para establecerla en 13 abriles, ocho meses y 29 días. De este modo, su pena estaba ya cumplida y la Autoridad Contencioso, sólo horas a posteriori del plenillo de jueces de la Audiencia en diciembre de 2022, ordenaba su excarcelación inmediata.

Segundo violador a la calle

La salida de prisión ‘adelantada’ de este violador se sumó poco a posteriori a la de otro depredador sexual, en este caso, el de un hombre procesado de aprovecharse de un beocio de 15 abriles. Hay que rememorar que el mismo día de Navidad, la misma Audiencia ordenaba la puesta en familiaridad del segundo asaltante sexual tras aplicársele la ley del ‘Sólo sí es sí’.

«El tribunal se ha manido obligado por el nuevo texto permitido a poner en familiaridad al reo por el tiempo transcurrido tras compendiar la pena a un condenado a siete abriles de prisión por aprovecharse sexualmente de un adolescente de 15 abriles que se había ido de casa de sus padres en el verano de 2017 en una pueblo cordobesa».

En la sentencia de la Sección Tercera se recoge que el procesado acogió en su casa a este adolescente a finales de mayo de 2017. Lo conocía previamente, tras haberse ido de casa, y desde julio hasta el 20 de agosto se aprovechó de las circunstancias personales del pequeño y de su vida para convencerle a que accediera a realizar diversas prácticas sexuales.

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