La Fiscalía rechaza amnistiar a un condenado por agredir a una mujer que llevaba un globo de Cs al grito de «puta España»


La Fiscalía rechaza aplicar la indulto a un condenado a dos primaveras de calabozo por atentar a una mujer que llevaba un dirigible de Ciudadanos, tras la manifestación del Día de la Hispanidad en Barcelona, en 2019. En su escrito, al que ha tenido ataque torrevieja news today, el Ocupación divulgado apunta que la detrimento no se presenta «como un acto de reivindicación o promoción de la independencia o independencia de Cataluña» y, por consiguiente, no encuentra amparo en el olvido penal.

Según la sentencia de la Audiencia Provincial, el individuo, «vinculado a movimientos políticos que no rechazan el uso de la violencia contra aquellos que no comparten su ideología», vio a la víctima en el andén del metropolitano y se acercó a ella de forma agresiva. Primero golpeó el dirigible, y luego le lanzó un escupitajo al aullido de «puta España, fascista, hija de la gran puta«. El hombre llevaba una camiseta con una inscripción que asimismo rezaba »puta España«.

Cuando la afectada le recriminó su conducta y entró en uno de los vagones de la L5, en la época de Verdaguer, su atacante, F. P. , asimismo accedió al convoy, donde se sujetó a las puertas y propinó una patada a la mujer en el estómago, mientras le decía: «Vete de aquí, puta, vete a tu país». Por otra parte de la contusión, por el ataque desarrolló estrés postraumático y necesitó tratamiento con ansiolíticos y antidepresivos. Incluso desarrolló agorafobia.

Por otra parte de la pena de prisión, F. P. asimismo fue condenado a indemnizar a la víctima con más de 8.500 euros y a no acercarse ni comunicarse con ella durante tres primaveras. A finales de junio, su defensa solicitó la indulto al Tribunal Superior de Equidad de Cataluña (TSJC), pero la fiscal delegada de delitos de Odio, Marta López Català, recuerda que la golpe ni si quiera se produjo en la manifestación de la Hispanidad, sino en un transporte divulgado, donde el individuo atribuyó a la víctima, que volvía a su casa, «postulados ideológicos que detesta«.

El ataque se enmarcó así, reza el escrito, en la no aplauso de las ideas de la víctima, y no en iniciativas que, aun pudiendo progresar a agresiones físicas, se presentan como acciones que tienen por objeto protestar o argumentar a gracia de la independencia de Cataluña. Recuerda así la fiscal que el propio decisión recoge la voluntad del individuo de menoscabar la integridad física de la mujer oportuno a su ideología.

Su conducta siquiera tiene encaje en otro de los apartados de la ley de Indulto, el que recoge delitos de desobediencia, desórdenes públicos, atentado o resistor, porque es evidente que no se trató de una obra realizada en el curso de una función policial, recuerda el Ocupación divulgado.

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