caso ERE
Considera que el Supremo vulneró su derecho a la licitud penal al castigarle por malversación
El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el medio de amparo interpuesto por Antonio Fernández contra las sentencias de la Audiencia de Sevilla y del Tribunal Supremo que le condenaron por un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación, a la pena de 7 primaveras y 11 meses de prisión y 19 primaveras de inhabilitación absoluta.
La mayoría progresista declara que se ha vulnerado en parte su derecho a la licitud penal pero rechaza que se hayan herido sus derechos a la presunción de inocencia y a la tutela legal efectiva. La sentencia, aprobada de nuevo por siete votos a cuatro, ordena retrotraer las actuaciones a la Audiencia de Sevilla para que dicte un nuevo falta.
La sentencia cuenta con los votos particulares de los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, César Tolosa y Concepción Espejel.
(Habrá ampliación)