El juez rechaza la peticin de Snchez de declarar por escrito y mantiene la citacin en La Moncloa por el ‘caso Begoa Gmez’


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El magistrado Juan Carlos Peinado le ha dicho no al presidente del Gobierno. El magistrado ha rechazado este viernes la peticin que le hizo Pedro Snchez hace dos das de determinar por escrito en el caso en el que se investiga a su mujer, Begoa Gmez. As pues, la testifical se practicar el prximo martes 30 de julio en el Palacio de la Moncloa.

“Ha de mantenerse la toma de la declaracin en los mismo trminos y condiciones en que fue acordada”, dice el magistrado. “Lo antecedente no obsta a que, si el declarante cree que puede colaborar eficazmente con la Administracin de Probidad, tal y como manifiesta en su escrito, participando al Instructor hechos relevantes de los que ha tenido conocimiento por razn de su cargo, lo ponga de relieve en dicha declaracin a fin de que se realice una nueva concerniente a esos hechos y esta vez por escrito”.

La secreto de la discrepancia est en si el presidente del Gobierno ha conocido los hechos por los que va a testimoniar por razn de su cargo o simplemente como marido de la investigada por trfico de influencias y corrupcin en los negocios. En el primer caso, la ley le concede la posibilidad de objetar por escrito. El segundo, contempla que el magistrado se desplace a su domicilio y despacho oficial. El magistrado considera que estamos en presencia de la segunda opcin, poco de lo que discrep Snchez en su carta al magistrado.

“Es obvio que el magistrado titular de este Supremo ha tenido en consideracin el carcter en el que debe ser prestada la declaracin del declarante, pues la norma contenida en [la Ley de Enjuiciamiento Criminal] distingue cundo los hechos sobre los que habr de deponer el mismo ha tenido conocimiento por razn de su cargo y cundo no”, indica Peinado.

El instructor acuerda que se comunique a Snchez su decisin a travs del mismo medio en que se acord citarle, es aseverar, enviando a La Moncloa a la Polica Legislativo.

La situacin queda, por consiguiente, as: el magistrado tiene resuelto personarse en La Moncloa el prximo martes a las 11 de la maana. El presidente del Gobierno carece ya modo efectiva de acogerse y asediar la decisin. La ley contempla expresamente el caso de que se resista a percibir al magistrado o que, ya iniciado el interrogatorio, se niegue a objetar a lo que debe. En ese caso el magistrado debe dar cuenta al fiscal para que acte como corresponda. Legado que el magistrado se ha opuesto a la testifical, eso equivaldra a mínimo.

“La resistor de cualquiera de las personas a que se refieren los apartados 3 y 5 del artculo 412 [ah entra el presidente del Gobierno] a percibir en su domicilio o residencia oficial al Togado, o a determinar cuanto supieren sobre lo que les fuere preguntado respecto a los hechos del sumario, se pondr en conocimiento del Servicio Fiscal para los posesiones que procedan”, establece el artculo 414 de la Ley de Juicio Criminal.

Al presidente del Gobierno, as como a ministros y otras autoridades, no le aplica lo que sucede al resto de ciudadanos que se resistan a testimoniar: que se les puede multar y, si persisten, detenerlos para llevarlos en presencia de el magistrado, adems de imputarles por obstruccin a la Probidad o resistor a la autoridad.

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