Amnistiado Alay, jefe de la oficina de Puigdemont, acusado de malversación por pagar con dinero público un viaje a Nueva Caledonia


La Audiencia de Barcelona ha amnistiado al patriarca de la oficina de Puigdemont, Josep Lluís Alay, destacado de malversación y prevaricación por enriquecer con cuartos notorio un delirio a Nueva Caledonia, como observador del referéndum de autodeterminación, en 2018, y que costó a las arcas públicas casi 4.400 euros. En su resolución, los magistrados apuntan que Alay, que se encontraba a la aplazamiento de proceso por este causa, realizó el desplazamiento por la relación del acto con el proceso independentista catalán, lo que encuentra amparo en el olvido penal.

El parecer, fechado el pasado 25 de julio, sostiene que, entre las funciones de Alay destacaba la de dar soporte a Puigdemont en los asuntos y materias que éste dispusiera. Dichos actos estaban vinculados directa o indirectamente tanto al proceso independentista catalán como a sus líderes. Por consiguiente, los mismos tienen encaje la ley de remisión, porque «fueron realizados por quien, en aquel momento, de forma manifiesta y constatada, llevaba a agarradera funciones de colaboración, colaboración, asesoramiento y representación [del ‘expresident’], en cuanto responsable de su oficina».

Precisa, encima, la Sección 5a que la remisión incluye la malversación «siempre que no haya existido propósito de lucro, o cualquier otro acto tipificado como delito que tuviera idéntica finalidad». Y por ello apunta que el apartado cuarto del artículo primero de la ley «ofrece las claves en cuanto a la interpretación del lucro», señalando que no se considerará lucro la aplicación de fondos públicos al proceso independentista «cuando, independientemente de su adecuación al ordenamiento judicial, no haya tenido el propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial».

Procede así «la remisión total de los actos constitutivos de los delitos por los que se acusa a Josep Lluís Alay», y los magistrados declaran el sobreseimiento vacuo de las actuaciones contra él, así como la acabamiento de la responsabilidad civil derivada de los actos expresamente amnistiados.

La Fiscalía pedía tres primaveras de gayola para Alay al considerar que, «abusando de su condición de responsable de la oficina de Puigdemont«, excediéndose en sus funciones y apartándose de su obligación de servir a intereses generales propios del personal de la despacho pública, contrató un planeo a través de la empresa Corporation Travel Partners S. A. ,con la que la Generalitat tenía un acuerdo, y pagó con la maleable corporativa, a posteriori de deber recibido un correo electrónico de la Pelotón de Relaciones Externas del Frente de Libertad Franquista Canaco y Socialista (FLNKS) de Nueva Caledonia, para que, a título personal y del movimiento independentista catalán, participara en la promoción del tesina de plena soberanía del FLNKS durante la semana previa al referéndum que se iba a celebrar el día 4 de noviembre de 2018.

Una vez realizado el delirio, y como responsable de la oficina de Puigdemont, presentó propuesta de desplazamiento y delirio individual a Nueva Caledonia a su nombre, en presencia de el Sección de Presidencia de Generalitat, siendo ello necesario y preceptivo a los bienes de que fuera competente el desplazamiento y permitido el compra. En dicha propuesta manifestó como motivo del delirio que era invitado como observador. Por ello pasó gastos por los vuelos y dietas.

Así, todos los gastos fueron asumidos y atendidos por este sección y abonados a través de una partida presupuestaria, el 17 de enero de 2019. De tal modo que el cuantía del billete se abonó definitivamente a la agencia de viajes y el resto de gastos se abonaron directamente al destacado, «consiguiendo de ese modo un claro beneficio financiero particular», rezaba el escrito de denuncia del Profesión notorio.

Ahora la Audiencia descarta el beneficio personal y considera que el compra sí queda amparado por el olvido penal.

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