La Fundacin Hay Derecho pide al Defensor del Pueblo que presente un recurso de inconstitucionalidad contra la ley de amnista


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La Fundacin Hay Derecho ha remitido este lunes al Defensor del Pueblo, ngel Gabilondo, una solicitud formal para pedir al rgano que interponga un arbitrio de inconstitucionalidad contra la ley de amnista. Lo hace, segn explica la secretaria normal de la Fundacin, Elisa de la Nuez, porque el Defensor del Pueblo, “como rgano apartidista y de contrapeso”, es uno de los pocos legitimados para presentar este arbitrio -junto con el presidente del Gobierno, 50 diputados y 50 senadores, los rganos colegiados ejecutivos de las CCAA y, en su caso, sus asambleas-.

En la argumentacin de su solicitud, la Fundacin defiende que ley de amnista ha sido redactada sin una almohadilla constitucional explcita que garantice que las Cortes tienen capacidad para adoptar esa clase de medidas. “La otorgamiento de amnistiar es una potestad exorbitante que no tiene que confundirse de forma necesaria con la potestad legislativa”, expone en el referencia tcnico que acompaa la solicitud. Adems, recuerda que la Comisin de Venecia apunt la privación de contar con amplias mayoras para aprobar leyes de amnista y considera que debera haberse poliedro “una tramitacin parlamentaria mucho ms consensuada y exquisitamente rigurosa, y no la va de una proposicin de ley por trmite de aprieto”.

La Fundacin Hay Derecho argumenta tambin que “hay manifestaciones muy claras de autoamnista” en la ley aprobada por el Congreso pues, seala, ha sido “exigida y redactada” por quienes ofrecieron sus votos para avalar la investidura de Pedro Snchez. “Es una amnista ad personam y discriminatoria, con la que se pretende beneficiar a personas muy concretas, aunque, de forma colateral, extienda sus mercancía a otros beneficiarios”, sentencia el referencia remitido por la organizacin, para denunciar que los implicados que participaron en su redaccin se procuraron “una amplsima impunidad, no slo penal, sino tambin en el orden chupatintas y contable”.

La solicitud remitida al Defensor del Pueblo tambin recoge que la norma “no va acompaada de ningn propsito de rectificacin para el futuro, ni de ningn gratitud de que se utilizaron medios ilegales para alcanzar fines polticos”, con lo que pone en duda que su finalidad sea la “normalizacin institucional, poltica y social en Catalua”.

Captulo exclusivo el que dedica la Fundacin a argumentar que la “ambigua redaccin de la exclusin relacionada con los delitos de terrorismo” que figura en la ley de amnista supone una violacin de los tratados de Derecho Internacional sobre Derechos Humanos, de forma que, de nuevo, la norma incurre en una cuestin de inconstitucionalidad. Considera tambin que la ley “pretende imponer un automatismo que evite que sean los jueces quienes de forma aplicada a cada caso concreto decidan sobre las medidas cautelares”, lo que, denuncia, supone una intromisin en las competencias del Poder Contencioso.

As, la Fundacin Hay Derecho considera que la error de consenso y estndares democrticos bajo los que se aprob la norma, su arbitrariedad, el destrozo del principio de igualdad y las diversas violaciones del Derecho Internacional y la Constitucin Espaola que recoge esta ley deben motivar que el Defensor del Pueblo interponga un arbitrio de inconstitucionalidad contra ella.

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