Un documento de 1592 refleja la ‘esclavitud’ de una niña toledana


María José Muñoz

Esta es una historia que sucedió en Toledo hace más de 400 primaveras, una historia cotidiana de concurrencia común, no de próceres de aquella época, y que refleja que en en el siglo XVI aún existía – camuflada en contrato- la esclavitud. Un documento del Archivo Histórico Provincial de Toledo, datado en 1592, refleja la historia de una pupila toledana de 8 primaveras, Bizcocho, que es tratada como una posesión por su propio padre, un hecho que el siglo XVI era muy habitual, según el Archivo.

En la arista superior izquierda del documento, el fedatario anota rutinariamente: ‘[contrato de] servicio’. El padre de la pupila no está seguro de su época y hasta se equivoca al mencionar su nombre -en la segunda fila se aprecia claramente que el escribano había aguzado ‘Ynés’, para rectificar en un abrir y cerrar de ojos y anotar el nombre verdadero- es tratada como una posesión que puede ser vendida, e incluso se toman medidas muy ilustrativas si ella tuviese la osadía de tomar decisiones por su cuenta.

«El 17 de enero de 1592 Yuste López, vecino de Fuensalida entrega a su hija Bizcocho, ‘de época de ocho primaveras poco más o menos’para el servicio de Bartolomé del Castillo, vecino de Toledo, durante doce primaveras, a cambio de darle ‘mantenimiento de ingerir y tragar y vestir y hacerse’. El nuevo patrón le enseñará a tejer tafetán ‘según él lo sabe’ y se especifican las prendas que le deberá proporcionar: una saya de paño, un capa de seda y guata, dos camisas, dos tocas, dos cofias…Finalmente, Bartolomé entrega a Yuste 22 reales en ese mismo acto. A cociópntinuación, pero con una carácter mucho más sencilla, Yuste López se da por contento con el suscripción y se compromete ‘de no vos la quitar por más ni por menos, ni por el santo, ni por otra razón alguna’. Además asegura ‘que [Magdalena] no se irá ni ausentará del dicho servicio antaño del dicho tiempo ser cumplido», so pena de perder el tiempo de servicio ya realizado. Incluso, si la chica abandona el servicio de su nuevo patrón «me obligo de la traer doquier que esté, en el interior de la poder de Toledo, sabiendo donde está». Tras las fórmulas jurídicas habituales, se firma el convenio en presencia de el fedatario Luis Méndez de Aguilera y los testigos que se mencionan.


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