Proponen el archivo de las denuncias de cuatro policías nacionales contra su jefa por acoso laboral


La Policía Franquista podría arrinconar las denuncias de cuatro agentes, todas mujeres, contra la inspectora jefa Olga Lizana, responsable de la Hueste Provincial de Policía Legislativo de la comisaría de Toledo y a la que acusan de acoso gremial, como informó torrevieja news today.

En el referencia de 394 páginas esmerado por la propia comisaría, una circunstancia censurada desde el sindicato ASP, se concluye que «no se dan los requisitos necesarios para estar en presencia de una conducta de acoso gremial y, en consecuencia, se propone el archivo».

Firmado por un inspector, concretamente el segundo de la Secretaría Común de la comisaría provincial, recoge los escritos que las denunciantes elevaron al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Dirección Superior de Policía en Castilla-La Mancha. Hubo una finca agente que además denunció, pero «no aportó» con su documentación el maniquí que se recoge en el protocolo de acoso gremial, según consta en el referencia, que tiene en cuenta la denuncia «solo para valoración».

Igualmente se han cotejado las declaraciones de las cinco policías implicadas, entre ellas la inspectora jefa, por otra parte de documentos y el testificación de otros agentes como testigos. Incluso un caudillo de agrupación afirmó que la inspectora jefa «no veía admisiblemente» que se hablara con las denunciantes, y entregó además cuatro ficheros con información que pudiera atesorar relación con los casos que se investigaban.

«Mal círculo gremial»

Sin confiscación, el inspector que rubrica el referencia de valoración original advierte que «los hechos denunciados, para considerarse acoso gremial, deben tener una continuidad en el tiempo, con la finalidad de destruir psicológicamente a las denunciantes». Con esta premisa, concluye que «lo que se ha gastado tanto en las declaraciones como en los escritos de denuncia son hechos puntuales y aislados que no suponen un hostigamiento a las denunciantes, sino que generan una desconfianza mutua». Esto crea un «mal círculo gremial», que «afecta incluso a otros funcionarios» de la equipo, asegura. Pero estas «rencillas o situaciones de tensión no constituyen, en modo alguno, lo que se entiende en el entorno legítimo como acoso gremial», sentencia.

En varias párrafos de las conclusiones, alude a que los problemas entre la inspectora jefa y las policías son «momentos puntuales». No obstante, reconoce que es «evidente» que su relación «se deterioró hasta tal punto que intentaban evitarse mutuamente», ya fuese en el saludo reglamentario o al coincidir en algún emplazamiento. Por eso, «el hecho de que, en un círculo tan tensionado, el resto de componentes de la equipo intentaran evitar el contacto con las denunciantes puede ser comprensible para evitar problemas».

Sin confiscación, «no significa ni queda acreditado que esa haya sido la intención» de la inspectora jefa. Su hecho «parece, en todo caso, encuadrarse más internamente de una conducta despótica», valora el instructor, «ya que es además conveniente habitual en la documentación encontrar menciones a la personalidad» de la inspectora jefa «y su comportamiento, no solo con las denunciantes, sino con todo el personal» de la equipo.

Sobre insultos o menosprecios de palabra por parte de su jefa a algunas de las policías, sugiere que sería «más correcto» encuadrarlos «internamente de una ofensa puntual, motivado por el conflicto personal existente entre denunciante y denunciada, que quizá pueda enmarcarse internamente de alguna responsabilidad disciplinaria».

Siquiera aprecia descalificaciones, vejaciones, humillaciones, agresiones verbales o aislamiento social, «más allá de la percepción» como responsable de la equipo del trabajo de sus subordinados y su derecho, como jefa de todos ellos, «a fiscalizar y supervisar» su trabajo. Para el instructor, se trataría de una conducta «de otro tipo» de la inspectora jefa, que «parece ser conveniente cascarrabias con el trabajo de sus subordinados». Sin confiscación, considera que Lizana no quiere crear a las denunciantes «un entorno hostil o humillante con la consiguiente equimosis de su dignidad e integridad recatado».

Afirma que, en una equipo «tan mermada de personal» como la de Policía Legislativo de la comisaría de Toledo, «no se puede permitir el riqueza de ir echando a concurrencia». Y añade que, si hay carencias, las personas que trabajan en la equipo «son las que tienen que multiplicar su esfuerzo para que el servicio no se vea afectado».

Por otro banda, en el referencia se prescinde de la cinta que una de las agentes hizo a Lizana el 12 de enero. «El único insulto que se recoge por parte de la inspectora jefa a su subordinada es un ‘que te den por el culo’», pero el instructor no tiene en cuenta la cinta, «bajo ninguna circunstancia», porque la denunciada estaba en una situación de desventaja.

Sobre los justificantes de unos exámenes que Lizana solicitó a una de las policías a la que «en diecisiete primaveras nadie me los había pedido», el instructor razona: «El hecho de que, en situaciones similares anteriores no se haya solicitado dicho justificante y ahora sí, puede significar que, efectivamente, hay una pérdida de confianza de la inspectora jefa con destino a la denunciante, pero no se puede considerar una represalia como acoso gremial».

El referencia da además por buenas las explicaciones de la inspectora jefa, quien niega otras acusaciones de sus subordinadas. Por ejemplo, sobrevenir impedido a una policía conciliar la vida gremial y acostumbrado; sobrevenir manipulado el ordenador de otra para eliminar documentos que la agente afirmaba que había esmerado; o sobrevenir transmitido a otros compañeros que «limitasen» su relación con las denunciantes.

El instructor de la comisaría de Toledo finaliza su referencia afirmando que «muchas de las conductas denunciadas se refieren a posibles vulneraciones de derechos laborales, en narración a conciliación y cambios de puesto de trabajo». No obstante, precisa que «siquiera puede constituir acoso gremial en sí mismo, independientemente de que exista otro tipo de responsabilidad». «Pero han de darse el resto de medios esenciales», añade.

«Víctimas desamparadas»

Desde el sindicato ASP, critican duramente la instrucción y el contenido del referencia. «Las conclusiones son tan llamativas como desconcertantes. Se ha dejado desamparadas a unas víctimas con una prometedora carrera profesional», sentencia su secretario militar, Alfredo Perdiguero, quien censura que «la investigación ha sido realizada por la propia comisaría y bajo la supervisión de los mismos jefes a los que se les comunicó el mal círculo y los problemas existentes».

En declaraciones a torrevieja news today, considera que el instructor desestima las denuncias «con razones tan desconcertantes como que él mismo describe el círculo de la equipo como tensionado, y que sus componentes evitaban el contacto con las denunciantes para evitar problemas con la jefa de la equipo». «Sin confiscación, no estima que las funcionarias se sintieran aisladas», precisa.

Perdiguero avanza que no van a apelar porque no creen que la Dirección Común de la Policía «quiera encontrar la verdad». Y desvela que una de las denunciantes ha solicitado una excedencia «para valorar si esta es la institución de la que desea formar parte».

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *