El Gobierno llevar a Estrasburgo crticas a las condenas del ‘procs’


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La reforma que anuló la sedición avala violaciones al derecho a los recursos

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Él Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha aceptado estudiar los recursos de los nueve condenados a prisión en el juicio del procés y ha trasladado al Gobierno varias cuestiones sobre posibles vulneraciones de derechos en la sentencia del Tribunal Supremo.

Las respuestas serán presentadas en Estrasburgo por la Fiscalía del Estado, brazo jurídico del Ejecutivo. Según las últimas informaciones que los socios del Gobierno en funciones y sus habituales partidarios parlamentarios han dejado en blanco y negro, el Abogado deberá sustentar varias tesis de los demandantes, impulsando así la estimación de los recursos y la condena a España.

La exposición de motivos de la ley que el pasado mes de diciembre eliminó el delito de sedición justificó la reforma del Código Penal en argumentos como los presentados ante el TEDH por Oriol Junqueras y los otros ocho condenados.

En particular, el delito de sedición que se les aplicó tenía perfiles tan imprecisos que los afectados no podían prever cómo se aplicaría. Y que las sanciones que impuso hasta su eliminación fueron desproporcionadas. Esto, a su vez, tuvo un efecto disuasorio sobre el ejercicio de los derechos fundamentales. Con elementos como estos, el Tribunal de Estrasburgo ya ha dictado sentencia en otros casos.

Respecto al primer punto, la reforma legal impulsada por el Gobierno lamenta la falta de claridad sobre el contenido y alcance del tipo penal de sedición, circunstancia que opera en contra del mandato de certeza inherente al principio de legalidad penal.

A continuación, añade que la comisión del delito puede estar vinculada en su desarrollo al ejercicio de derechos y libertades fundamentales como el derecho de reunión o la libertad de expresión. En este sentido, añade, yendo al corazón de una de las obsesiones de Estrasburgo, conviene evitar un posible efecto disuasorio sobre el ejercicio de tales derechos y libertades constitucionales.

Respecto a la dureza de las penas propuestas por los recurrentes, la posición del Gobierno se expresa de la siguiente manera: Debe reforzarse la importancia del principio de proporcionalidad a la hora de establecer la pena hasta ahora asociada a este delito. Destaca la alta severidad de las sanciones impuestas hasta la fecha.

Cuando se aprobó la reforma en esos términos, fuentes del Tribunal Supremo dieron por muerta su sentencia a la vista de los recursos ante el TEDH que ya estaban anunciados.

El funcionamiento del Tribunal de Estrasburgo también permite a las dos partes -que en este caso serían socios de investidura- llegar a un acuerdo que zanje el conflicto. Desactivar recursos en Estrasburgo podría ser uno de los elementos que acompañarían a una eventual ley de amnistía.

De momento, lo que ha ocurrido en el Tribunal Europeo es que el juez que ha revisado los nueve recursos ha aceptado informar a España de su presentación y formular seis preguntas sobre algunas de las acusaciones.

La admisión al procedimiento es un trámite muy difícil de superar en Estrasburgo, aunque la relevancia del asunto hacía previsible una decisión favorable. El paso dado por el TEDH supone una admisión de facto, aunque formalmente esto se produce más tarde. Cualquiera que sea el resultado final del procedimiento -estimación, sobreseimiento o incluso inadmisibilidad-, la decisión de los siete jueces que decidirán deberá alcanzarse en una resolución detallada y previo estudio del fondo del asunto.

Las preguntas a los gobiernos forman parte del procedimiento estándar del TEDH. El Ejecutivo tiene hasta el próximo 12 de enero para responder. Los demandantes tendrán entonces la oportunidad de responder al Gobierno y con todo ello el tribunal decidirá si ha habido vulneración de derechos por parte de España. Hasta ahora, el TEDH ha rechazado todas las reclamaciones presentadas contra España relacionadas con el proceso.

El Tribunal Europeo no pregunta al gobierno sobre todas las supuestas violaciones incluidas en los nueve recursos. Estima que algunos no aguantan, sólo pregunta por algunos. Entre ellos, los que destacó la reforma que eliminó la sedición: imprecisión de la norma, castigo desproporcionado y disuasión del ejercicio de derechos fundamentales.

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