La Justicia declara vlido el despido de un trabajador que guardaba en su ordenador fotografas sexuales de la mujer de su jefe y de una compaera


Actualizado

La empresa encontró estos archivos tras revisar su ordenador en busca de riesgo de virus, acción para la que el propio trabajador les dio permiso por escrito.

un coche de policia
Un coche de la Policía Nacional.Carlos Díaz
  • controversia Lizzo rompe su silencio y niega acusaciones de acoso sexual por parte de varias de sus ex bailarinas
  • Televisión El de Isa Balado y otros momentos en los que los reporteros fueron acosados ​​en directo

Él Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha declarado válido el despido de un trabajador que fue despedido de su empresa tras encontrar en su fotos de computadora de contenido sexual de la esposa de su jefe y un compañero de trabajo.

En sentencia dictada el pasado mes de julio, JSC Hace suyo la decisión del Juzgado de Instrucción número 4 de Santander, que en mayo archivó la denuncia interpuesta por el trabajador contra su empresa por su despido.

El trabajador, que estaba en la empresa desde 2008, guardaba una carpeta en su ordenador con material pornografico variadoincluidas algunas fotografías desnudas de la esposa de su jefe.

Además, había guardado 67 fotografías del culo de una compañera de trabajo, tomadas cuando estaba inclinada sobre la fotocopiadora de la oficina, así como en el mostrador de su lugar de trabajo, que estaba al lado del de esta empleada.

El trabajador demandó a la empresa por revelar secretos, pero el TSJC ha considerado que la empresa accedió correctamente a esa información.

Según detalla el fallo, estos archivos fueron encontrados tras una revisión de todos los ordenadores por parte de riesgo de virus que hizo la empresa y que contó con el consentimiento firmado del trabajador.

En agosto de 2021, la empresa le despidió por “motivos disciplinarios” por “la comisión de varias infracciones muy graves” como Acoso sexual, el uso de las instalaciones con fines privados sin autorización del empleador o el uso fraudulento de medios electrónicos.

En la resolución, el TSJC considera correcto el despido, aunque destaca que el “acoso sexual”, que está “definido por perfiles muy concretos”, “no se produce en este caso a pesar del contenido sexual e invasivo de las actuaciones del actor”. ” “.

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *