El juez Peinado manda copias de la declaración de Pedro Sánchez y dice que se pueden sacar conclusiones de su “silencio”


El caso de Begoña Gómez que investiga el enjuiciador Juan Carlos Peinado aún sigue su curso. De hecho, el postrero en mover ficha en este tablero ha sido el propio enjuiciador que ha entregado a las acusaciones y a las defensas el vídeo de la afirmación de Pedro Sánchez, consorte de la investigada y presidente del Gobierno, a pesar de activo una petición de que esto no se hiciese. Por otra parte, Peinado ha señalado que el “silencio” de Sánchez sirve para sacar conclusiones.

En una providencia, el titular del Judicatura de Instrucción número 41, ha arreglado trasladar copias a las partes correspondientes del caso, de la afirmación de Sánchez en Moncloa el pasado 30 de julio. A esto se oponía la Fiscalía. Sin retención, Peinado ha respondido elocuente a esto y al silencio de Sánchez, el cual ha calificado como “legitimo” pero que, “como es correctamente sabido, permite dar superficie a la formación de inferencias que, en su caso, en conjunto con otros fundamentos de carácter objetivo, al objetivo de valorar la posible concurrencia de aspectos integrantes, de posibles indicios, correctamente en sentido inculpatorio en torno a algún investigado o, por el contrario, en sentido excluyente de responsabilidad penal”.

La Fiscalía pidió el pasado día 3 de agosto que no se entregaran copias de la afirmación a las partes porque “carecería de utilidad material o procesal”. El enjuiciador asegura que ha solicitado estas copias “sin indicar precepto constitucional alguno” ni concretar los motivos que pueden hacer presumir tal improcedencia. En este caso, Peinado hace narración a que Sánchez se acogió a su derecho de no resolver, o a lo que ha señalado el enjuiciador como “la dispensa que le ofrece el artículo 416 de la Ley de Consideración Criminal”, de tal forma “no realizó manifestación alguna”.

Pedro Sánchez no respondió a las preguntas que el enjuiciador Peinado le hizo y en cuanto a esto, hace hincapié el titular del Judicatura: “Las partes tienen derecho a disponer una copia de todos los documentos que se contienen en las diligencias previas” correcto a “la interpretación procesal que se puede realizar a la conducta que, por cualquiera de los intervinientes, pongan de manifiesto, correctamente por lo que contesten, o correctamente por su silencio”.

Pedro Sánchez no declaró

El presidente del Gobierno eligió acogerse a su derecho de no resolver. Su papel en este caso es de marido de la investigada por supuesto tráfico de influencias. Por otra parte, Sánchez ha puesto una querella al enjuiciador Peinado por prevaricación.

En la afirmación de una duración de dos minutos, Sánchez ratificó que la investigada es su mujer y que, por consiguiente, se acogía a su dispensa a no resolver en contra de ella, como le permite la ley.

Querella contra Peinado

Pedro Sánchez se ha demandado contra el enjuiciador Peinado, acusándolo de prevaricación.

Fue interpuesta frente a el Tribunal Superior de Neutralidad de Madrid (TSJM) y igualmente incluye al enjuiciador sustituto Carlos Valle. La Leyes Común del Estado, en un documento de 35 páginas, argumenta que Sánchez debía activo comparecido por escrito en su calidad de cabecilla del Ejecutor, tal como lo establece la ley para casos en los que se le toma afirmación sobre hechos conocidos por su cargo. “Lo que adquiere relevancia, no se nos lleve a farsa, es lo hecho por la investigada en consideración a que su consorte es presidente del Gobierno”, señala el documento.

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