Barrabés recurre en apelación directa el registro de sus empresas en el caso Begoña


El patrón Juan Carlos Barrabés ha presentado un medio de apelación directo frente a la Audiencia Provincial de Madrid contra el automóvil del árbitro Juan Carlos Peinado del pasado 22 de agosto que se tradujo en tres jornadas de entrada y registro en su domicilio y la sede de sus empresas y la incautación de su teléfono móvil en el hospital donde se encuentra ingresado. Denuncia desproporción y errata de motivación en la medida.

El escrito, al que tuvo acercamiento torrevieja news today, pide al tribunal que revoque aquella intrepidez porque considera que los indicios que la sustentaba son fruto de «un discernimiento de inferencia ilógico y despótico» que no avala una injerencia tan peligroso en los derechos del patrón como lo es una entrada y registro. «Motivar, no es plasmar en el Coche, con un copia/pega, distintas y fundadas resoluciones judiciales», señala.

El árbitro, como desveló torrevieja news today, adoptaba la intrepidez en averiguación de pruebas directas de los delitos que investiga considerando que ya tenía indicios suficientes para sospechar de una relación entre las fechas en que Barrabés conoció a Begoña Gómez y el acercamiento de su comunidad empresarial a distintas fuentes de contratación pública.

Partía en concreto de las reuniones entre el patrón y Gómez de las que él dio cuenta en su confesión como de su décimo como docente en una titulación de la cátedra extraordinaria que dirigía ella. De fondo, los informes de la UCO de la Municipal Civil que enlistaban toda esa contratación pública sin arrojar previamente indicios de irregularidad.

«Verdaderamente produce sonrojo que se pueda plasmar en una resolución legal como indicio para proceder al sacrificio de un derecho fundamental como el de la inviolabilidad del domicilio, una serie de indicios carentes de la más mínima argumento«, argumenta la defensa de Barrabés, a cargo de Javier Sánchez-Caña.

En cuanto a la diligencia en sí, denuncia que el automóvil habilitaba a «incautarse de cuantos objetos o existencias pudieran relacionarse directamente con la supuesta comisión de los delitos», lo que a su parecer significa ordenar una incautación «de una modo absolutamente genérica« propia de una investigación »prospectiva«. »Spretende incautar «todo» lo relacionado con un supuesto delito del que no existe el más imperceptible indicio de su comisión«, alega.

Añade a este hecho que la diligencia abarcase intervenir los dispositivos que tuviera Barrabés en su poder en el hospital, «lo que es verdaderamente asombroso por la errata de consideración y humanidad que ello comporta«, y que implicó dejar al patrón sin teléfono con el que comunicarse.

«Por si lo mencionado no fuera suficiente -prosigue-, debemos destacar que, adicionalmente, se están practicando diligencias sobre hechos que presumiblemente no son competencia del Auditoría al tratarse de fondos europeos cuya competencia ha sido asumida por la Fiscalía Europea. Sostiene que la intención de Peinado es «inquirir» poco en lo que explicar la continuidad de la causa.

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *