Piden a la Fiscala que acte contra el “maltratador” que cambi de sexo en Sevilla para “bordear” la Ley contra la Violencia de Gnero


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La mujer de Sevilla que es vctima del atacante que cambi de sexo tras ser condenado por violencia de gnero, ha pedido a la Fiscala que intervenga y actu contra su “maltratador”. Su abogado, Jos Antonio Sires, ha presentado un arbitrio para tratar de que el caso se investigue en el Supremo de Violencia sobre la Mujer y no en un supremo de instruccin ordinario, a donde fue enviada la causa tras el cambio de sexo del atacante.

Como viene informando EL MUNDO, el atacante era “varn” cuando, en 2019, fue condenado a 15 meses de prisin por violencia de gnero tras las amenazas, y agresiones fsicas y psicolgicas infligidas a la que fue su pareja. Pero, en agosto de 2023, decidi cambiar de sexo y registrarse como mujer. Y, aunque ha seguido amenazando e insultando a su vctima, la Probidad ya no puede aplicarle las penas agravadas que establece la Ley contra la Violencia de Gnero. El Supremo de Violencia contra la Mujer que llevaba el caso se inhibi a mediados de agosto porque ya no es “competente”.

Pero el cultivado de la vctima pretende que las pesquisas continen en la jurisdiccin especializada y apela a la Fiscala para intervenga. En su escrito advierte que en este caso se ha producido un “fraude de Ley”, ya que el cambio de sexo anotado en el Registro Civil no debe alterar el rgimen jurdico de una persona, de modo que tiene que reponer en las mismas formas a los delitos que haya cometido.

Para el cultivado, el condenado por violencia de gnero ha querido “esquivar” la norma y no tiene dudas de que el cambio de sexo fue “simulado y, por consiguiente, s se hizo en fraude de ley”. Detalla que el atacante cambi de sexo cuando ya contaba con informes penales en materia de violencia de gnero y que, con posterioridad, ha sido denunciado de nuevo por hechos similares. El atacante alega que, con el cambio de nombre, “la ley de violencia de gnero no le es aplicable” al ser ahora una mujer.

El arbitrio hace relato a la Ley 4/2023 para la igualdad actual y efectiva de las personas trans y para la garanta de los derechos de las personas LGTBI, que en su artculo 46.3 establece lo venidero: “La rectificacin de la mencin registral relativa al sexo y, en su caso, el cambio de nombre, no alterarn el rgimen jurdico que, con antelación a la inscripcin del cambio registral, fuera aplicable a la persona a los artículos de la Ley Orgnica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Proteccin Integral contra la Violencia de Gnero”.

El abogado precisa que este precepto fue incluido en la ley con el propsito de evitar la posible “indefensin y la vulneracin” de los derechos correspondientes a las vctimas de Violencia de Gnero. Por ello, el senador quiso evitar cualquier “fraude de ley” que se pudiera dar al utilizar la conocida como Ley Trans, para “esquivar” la Ley Orgnica 1/2004 de Medidas de Proteccin Integral contra la Violencia de Gnero.

Durante la tramitacin del cambio de sexo, podrn “identificar y aducir” la existencia de “fraude de ley” tanto la persona encargada del Registro Civil como el propio Servicio Fiscal, ha explicado el cultivado. En virtud de su estatuto orgnico, la Fiscala tiene competencia para “tomar parte, en defensa de la justicia y del inters pblico o social, en los procesos relativos al estado civil” y para “alcanzar directamente a la informacin de los registros oficiales”, ha indicado el abogado de la vctima.

El abogado pide a la Fiscala que remita el “evidencia de su investigacin, incluso si las diligencias informativas se han archivado”, al Servicio de Probidad o al Registro Civil para que se tomen “cuantas medidas sean necesarias” contra el “maltratador” que cambi de sexo de forma irregular.

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