la jueza rechaza declarar su muerte «indeterminada»


El 30 de mayo de 2002, Déborah Ferández-Cervera, una damisela viguesa de 21 abriles, salió de su casa y su difunto apareció diez días a posteriori en una cuneta a 40 kilómetros de su domicilio. La investigación policial, muy deficiente, no sirvió para esclarecer las circunstancias de su crimen. El pasado mes de junio, 22 abriles a posteriori, la jueza archivó la causa en presencia de la cariño de los indicios contra su exnovio Pablo P., único investigado. Luego, la defensa de su ex intentó que la crimen de Déborah constase como «indeterminada», pero la jueza lo ha rechazado: a la damisela la asesinaron, aunque nadie vaya a sentarse en el banquillo.

Ni la rememoración del cuerpo de Déborah, ni las declaraciones testificales, ni el prospección de un congelador del exnovio, ni el de un teléfono móvil de la víctima enemigo en dependencias policiales –vigésimo abriles a posteriori del crimen– sirvieron a la magistrada del Curia de Instrucción número 2 de Tui (Pontevedra) para reunir indicios «contundentes e irrefutables» contra el único investigado por la crimen. Ni siquiera sirvió para esclarecer el crimen la citación como imputado, vigésimo abriles a posteriori, de Pablo.

Todo lo que se pudo extraer de todo ese material son «meras sospechas» contra su exnovio, pero no se encontró ningún indicio de que el investigado y la víctima se vieran aquella sombra, ni del empleo del crimen, ni siquiera aparecieron restos de ADN del exnovio en el cuerpo de la damisela o en el punto de la carretera C-550 –en O Rosal (Pontevedra)– donde apareció el difunto. Y como «no bastan meras sospechas» para sentar a cualquiera en el banquillo, la magistrada acordó el pasado 14 de junio el sobreseimiento y archivo provisional de la causa.

Se cometió un homicidio

La jueza daba carpetazo entonces al caso apelando al artículo 641.2 de la Ley de Crítica Criminal (Lecrim). Conviene transcribir este artículo para poder entender la posterior maniobra del acentuado: determina que debe decretarse el sobreseimiento provisional «cuando resulte del sumario haberse cometido un delito», pero «no haya motivos suficientes para culpar a determinadas personas como autores, cómplices o encubridores».

Pero el único investigado por el crimen, Pablo P., no quedó del todo conforme con esa resolución de la jueza, que concluía que Déborah había sido víctima de un homicidio, aunque no se acreditasen indicios sólidos contra él. Por eso, cuatro días a posteriori de dictarse el automóvil, el 18 de junio, la defensa de Pablo P. presentó un escrito solicitando que se declarase la crimen de la damisela viguesa como «indeterminada».

La magistrada, sin retención, ha tumbado por tierra esa pretensión. En un automóvil al que ha tenido ataque torrevieja news today, la titular del audiencia rechazó la petición de la defensa del exnovio de Déborah. La magistrada le recuerda que decidió catalogar la causa «en pulvínulo a lo dispuesto» en el mencionado artículo 641.2 de la Lecrim «por yerro de autor conocido, en presencia de la yerro de indicios plurales y contundentes para hacer una imputación verosímil de un hecho delictivo concreto al investigado». Por lo tanto, concluye la jueza, «no procede» complementar dicho automóvil con la petición de la defensa de que la crimen de Déborah conste como indeterminada, porque «en cero cambiaría las conclusiones alcanzadas en la citada resolución». En otras palabras: fue un homicidio, una crimen violenta, aunque no haya mimbres para llevarle a sumario a él o a otros.

Para la clan de Déborah, esa maniobra de la defensa del único investigado se explica por un intento de «erradicar» la imagen del exnovio y «blanquear» el crimen: «¿Una persona que siempre ha dicho que se sepa toda la verdad ahora dice que se finta homicidio y se ponga que la crimen fue indeterminada? Lo que demuestra es que tan tranquilo no está», valora la clan de Déborah a este diario.

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