Hugo Mallo, condenado por abuso sexual contra la mascota del Espanyol


El Auditoría de lo Penal número 19 de Barcelona ha público culpable al componente Hugo Mallo de un exceso sexual contra la persona que trabajaba como mascota del Espanyol en el partido de LaLiga que enfrentó al Celta de Vigo con el club catalán en 2019 en Cornellà.

Los hechos tuvieron ajustado antiguamente del inicio del disputa, cuando el entonces futbolista del Celta aprovechó el protocolario pasamanos para palparle los pechos a la persona que iba disfrazada de ‘periquita’. Unos hechos que Mallo se encargó de desmentir rotundamente en más de una ocasión.

Finalmente, el mediador ha resuelto que la indemnización por daño casto será de 1.000 euros más intereses, como resultas del plazo de diez euros diarios durante 20 meses.

Mallo fue denunciado el pasado 25 de abril de 2019, un día a posteriori del Espanyol-Celta. La denuncia apuntaba que “cuando Hugo Mallo llegó a la mérito de las mascotas, al periquito le dio la mano como se hace asiduamente pero cuando llegó a la Sra. Ana (como la llamó ‘AS’ para proteger su anonimato), que en ese momento estaba haciendo el papel de la periquita, éste introdujo las manos bajo el disfraz y le hizo tocamientos en los pechos”.

Mallo lo negó “categóricamente”

El futbolista Hugo Mallo negó en su momento “categóricamente” deber abusado de una mujer vestida con el disfraz de la mascota del Espanyol. El exfutbolista Quique de Lucas, agente del excapitán del Celta de Vigo, firmaba entonces el texto que el futbolista publicó en sus redes sociales.

“Negamos categóricamente los hechos denunciados, lo que ya se puso de manifestó en presencia de el Auditoría que los investigó, exigiendo un invariable respeto a la presunción de inocencia”, apuntó el agente de Mallo en un comunicado que difundió a través de sus redes sociales.

Sentencia

“Debo condenar y condeno Dº. Hugo M. N., en exención provisional por esta causa, con nº de DNI 00000, como autor responsable de un delito de abusos sexuales -artículo 181.1º del Cp vivo a la momento de los hechos-, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad penal alguna, a la pena de 20 meses de multa con una cuota diaria de 10 € con la responsabilidad personal del artículo 53 del Cp. en caso de impago, y al plazo de las costas procesales causadas, con inclusión de las costas procesales causadas a la Delación Particular, valoradas estas en su integridad.

Asimismo el referido dibujado indemnizará a la víctima Dª. VVVVV la suma de 1.000 € más los intereses legales artículo 576 y 580 de la LEC por daño casto”.

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Imagen de archivo de un campo de fútbol

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