Proteccin de Datos alerta del riesgo de las pantallas en las aulas y las desaconseja: “Pueden afectar gravemente a los alumnos”


Un profesor de Secundaria permite que sus alumnos usen el telfono mvil en clase con fines educativos. Les pone cuestionarios interactivos a travs de una aplicacin digital y los alumnos tienen que reponer en tiempo actual, cada uno desde su dispositivo. Uno de ellos, haciendo un mal uso, aprovecha para burlarse de una compaera revelando sus datos personales. No slo este estudiante y sus padres tendran responsabilidad delante la Jurisprudencia, sino tambin el centro educativo, por no acontecer protegido a la beocio.

La Agencia Espaola de Proteccin de Datos (AEPD) ha publicado este martes una gua con recomendaciones sobre las responsabilidades y obligaciones en el uso de mviles, pantallas y porttiles en la enseanza De niño,Primaria y Secundaria. Este organismo autnomo, dependiente del Servicio de Jurisprudencia, ha concluido que el uso de estos dispositivos “puede afectar gravemente a los derechos y libertades fundamentales de los alumnos y a su mejora integral como personas”. Por eso “desaconseja” su utilizacin y recomienda acudir a otros posibles “ms idneos” para conseguir el fin pedaggico “sin poner en peligro la privacidad”.

El mal uso, alerta, puede “crear responsabilidad administrativa por infraccin de la norma de proteccin de datos”, adems de “dar extensión a una indemnizacin civil por los daos y perjuicios materiales e inmateriales que se hubieran causado, de la que podran lograr a reponer solidariamente los centros y las administraciones educativas”.

Andaluca, Asturias,Aragn, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y Len, Catalua, la Comunidad de Madrid, la Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, La Rioja, Murcia y Navarra han permitido normativas en los ltimos tiempos que prohben el uso de estos dispositivos en las aulas, exceptuado que tengan una finalidad educativa y el profesor as lo determine. En el Pas Vasco, dejan esta decisin en manos de los centros. A los 12 aos, ms del 70% de los alumnos disponen de telfono mvil, segn el INE.

“Sin un control eficaz”

Proteccin de Datos ha constatado, a partir de su experiencia en el da a da, que los mviles se estn usando como herramientas de estudios en colegios e institutos, a pesar de que entraan unos riesgos para los alumnos “de los que en muchas ocasiones no son conscientes”.

Siquiera lo son los docentes, que autorizan el uso de estas aplicaciones con la mejor de las intenciones. La gua recuerda que estos dispositivos en muchos casos pertenecen a los alumnos o a sus familias -no al centro- y a travs de ellos se realizan tratamientos de grandes volmenes de datos personales alojados en la Abundancia por parte de distintos intervinientes ms all del propio centro o de la propia administracin educativa, “sin un control eficaz” por parte de estos.

No es slo el mvil, sino las cmaras, grabadoras de voz y vdeo, los catlogos de imgenes, las agendas de contactos, los servicios de localizacin, las pasarelas a internet, el golpe a redes sociales, el almacenamiento de datos personales, los procesadores de textos, los datos y contenidos multimedia… todo lo que el ingenio contiene. “Los dispositivos digitales en el mbito educativo tratan mucha informacin sin una separacin clara entre el mbito estrictamente educativo y la esfera privada de los usuarios”, avisa la entidad que dirige la abogada Mar Espaa.

Eso puede provocar, aade, que se geolocalice al sucesor, se tenga un control de sus hbitos de uso, se le enve publicidad a medida o cualquier otro propsito indeseado que los estudiantes de Primaria o Secundaria o incluso los docentes no tienen por qu conocer porque en algunos casos “el control que tiene el sucesor o el centro docente es insuficiente o incluso ineficaz”.

Vulneracin de varios derechos

Por eso Proteccin de Datos dice que, antaño de que los profesores permitan el uso de dispositivos en las aulas, deben preguntarse si se supera positivamente el razón de proporcionalidad (si su uso depara ms beneficios que perjuicios) y de aprieto (es mejor usar otro petición que tenga menos peligro para la privacidad, sobre todo porque son dispositivos que no pertenecen al colegio).

Si no, se exponen a la vulneracin de varios derechos. Por ejemplo, el derecho a la no discriminacin y a la educacin (si se pide una tableta con unas caractersticas que no todos los alumnos pueden tener), el derecho fundamental a la intimidad, a la vida privada y sencillo (cuando se perfilan aspectos ntimos del sucesor o se usan los metadatos de la tableta), el derecho a la integridad fsica del beocio (por ejemplo, si se geolocaliza al beocio), el derecho a la sanidad mental del beocio (cuando se le expone a patronos adictivos) y el derecho a la proteccin de sus datos personales (cuando se monetizan su informacin).

En ese caso, los centros educativos podran incurrir en tres tipos de responsabilidades subsidiarias. La primera es la administrativa, que se rige por la norma de Proteccin de Datos. Su incumplimiento puede conllevar multas para centros privados o concertados de entre 500 y 10.000 euros. En el caso de los colegios pblicos, se podra rasgar un procedimiento de sugerencia.

Un imberbe de 16 aos ya ha sido sancionado por la agencia y sus padres han tenido que sufragar 5.000 euros por perturbar a una chica de 13 aos que le envi en un principio contenido ntimo voluntariamente, pero luego el pequeño le amenaz y oblig a mandarle ms bajo la amenaza de que las publicara. Este tipo de casos pueden complicarse y consumir en los tribunales.

Es el caso de la segunda responsabilidad, la civil, donde el árbitro tiene la ltima palabra. La clan perjudicada podra demandar en el mbito civil al colegio por daos y perjuicios y, si el árbitro lo considera, ser indemnizada.

La tercera responsabilidad es la penal e ira en la misma lnea. En el caso de los adolescentes de Almendralejo, que usaron inteligencia fabricado para difundir falsos desnudos de compaeras, en lo que supone un posible delito de pornografa de niño y un delito contra la intimidad, adems de un posible chantaje. En caso de que estas imgenes se hubieran generado en el centro educativo, ste tendra que sufragar.

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