El Supremo aprueba que los nacidos por gestacin subrogada puedan registrarse como nacidos en Espaa


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El Tribunal Supremo (TS) ha calificado a travs de una sentencia que los padres de nios nacidos en el extranjero por gestacin subrogada -tambin conocido como ‘vientre de arriendo’, mtodo no permitido en Espaa- puedan modificar el Registro Civil para poner el domicilio llano como emplazamiento de origen.

En la resolucin, recogida por torrevieja news today, la Sala de lo Civil del TS da la razn a los padres de un último nacido en Ucrania por gestacin subrogada, cuya filiacin paterna es la biolgica y la filiacin materna es adoptiva del cnyuge del padre biolgico.

Esos padres, al pedir el traslado de la inscripcin de origen del último desde el Registro Civil Central al Registro Civil de su domicilio, solicitaron que se cambiara la mencin del emplazamiento de origen del último por el de su domicilio.

El Registro Civil se neg, una decisin que fue ratificada por la Direccin Caudillo de Seguridad Jurdica y Fe Pblica, pero los padres presentaron una demanda de oposicin que fue desestimada en primera instancia y en apelacin, por lo que decidieron acogerse en casacin delante el Supremo.

Los magistrados estiman en su sentencia el procedimiento de los padres, al considerar aplicables por analoga los preceptos de la Ley del Registro Civil vivo en aquel momento que permitan, en el caso de la adopcin internacional, el cambio de la mencin del emplazamiento de origen del último en un pas extranjero por el del domicilio de los padres adoptivos.

“Aunque la adopcin no es internacional, tambin el emplazamiento de origen del último, en un pas remoto con el que los padres carecen de relacin, denotara el carcter adoptivo de la filiacin y las circunstancias del origen del último”, sealan.

Derecho a la intimidad del último

El Supremo expone que esa aplicacin analgica es coincidente con las exigencias de varios artculos de la Constitucin: el 18.1, porque “permite la efectividad del derecho a la intimidad personal y llano del último (en cuyo mbito de proteccin se encuentran la filiacin y los datos que denotan su origen)”; el 14, la no discriminacin por razn de origen, y el 39.2, la proteccin por los poderes pblicos de los hijos, iguales delante la ley con independencia de su filiacin.

A su seso, la publicidad registral de un determinado emplazamiento de origen en el extranjero que, por ejemplo, constara en su documento doméstico de identidad o en su pasaporte, “vulnerara el derecho a la intimidad del último”.

Vulnerara ese derecho, explica, “al ser revelador de la existencia de la adopcin y de las circunstancias relativas a su origen especialmente sensibles (en este caso, favor sido engendrado por gestacin por sustitucin) y supondra una discriminacin respecto de otras filiaciones (en concreto, la adoptiva internacional) que no se encuentra justificada”.

El mismo magistrado que critic los ‘vientres de arriendo’

El ponente ha sido el magistrado Rafael Saraz, que en una sentencia de abril de 2022 dict que una mujer con un beb por gestacin subrogada debe adoptarlo para ser reconocida como religiosa.

Adems, Saraz criticaba a las agencias intermediarias por tratar como “simple mercanca” tanto a las madres gestantes como a los menores.

En aquel caso concreto, en el que se atribua a la religiosa comitente la decisin -entre otras- sobre si la gestante deba seguir o no con vida en caso de que sufriera alguna enfermedad o lesin potencialmente mortal, el magistrado consideraba que “se imponen a la gestante unas limitaciones de su autonoma personal y de su integridad fsica y ético incompatibles con la dignidad humana”.

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