La Audiencia Nacional falla que los trabajadores pueden acogerse de manera más flexible al permiso de 5 días por cuidados



La Audiencia Doméstico (AN) rotura a auxilio de la demanda interpuesta por CCOO, CSIF y UGT y reconoce que los trabajadores no deben estar obligados a disfrutar de los cinco días retribuidos para cuidar familiares enfermos al día futuro del hecho causante y que estos podrán acogerse al mismo en función “de sus posibilidades de conciliación y mientras el hecho causante permanezca”.

De esta modo da la razón a los sindicatos en relación a una demanda interpuesta frente a las empresas RACE Afluencia, Asegurace, Unión de Automóviles Clubs y Liga Empresarial RACE en relación a una nota emitida por dichas empresas sobre un ajuste del régimen convencional de permisos.

En dicha nota, las empresas comunicaron de modo interna a sus trabajadores que el permiso de cinco días por contratiempo o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de un cónyuge, allegado o cualquier otra persona que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio “debía coincidir desde el día del hecho causante”.

Sin secuestro, en una sentencia del pasado 12 de septiembre, la Audiencia Doméstico declara que la interpretación realizada por la empresa se considera “restrictiva o limitadora” del disfrute del permiso, ya que en presencia de la abandono de previsión norma en el convenio, el inicio del cuenta del permiso en cuestión no tiene por qué coincidir con la plazo del hecho causante.

“La finalidad del permiso y la efectividad del tiempo en el que la norma debe ser aplicada permiten que sean los trabajadores afectados quienes determinen la plazo de inicio en función de sus posibilidades de conciliación y mientras el hecho causante permanezca”, se indica en la sentencia.

Se iniciarán el día lectivo

De igual modo, la Audiencia Doméstico afirma que si el día en que se produce la enfermedad o el ingreso en el hospital cae en fin de semana o festivo, lo mediano es que los permisos puedan iniciarse el futuro día lectivo.

Luego, el entraña departamental da la razón a los sindicatos CCOO, UGT y CSIF y declara que “las características y finalidad del permiso requieren una disponibilidad de ajuste adentro del periodo en el que tenga extensión tal hecho causante”.

Adicionalmente, según la Audiencia Doméstico, la interpretación que estas empresas hacen resulta “contraria al principio de igualdad auténtico y perpetua la brecha sindical de productos, ya que supone un desincentivo para que los hombres asuman su deber de corresponsabilidad en las cargas laborales”.

Desde CSIF, en un comunicado, han afirmado que la sentencia deja claro que los trabajadores afectados podrán determinar la plazo de inicio del permiso en función de sus posibilidades de conciliación, mientras el hecho causante permanezca.

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