Abusa sexualmente de la hija de su nuera el día de su boda en Tenerife y se libra de ir a la cárcel


La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha emitido una condena a un hombre de 44 abriles a dos abriles de prisión por explotar sexualmente de la hija de su nuera el día de su boda, aunque no ingresará en prisión tras conservarse a una sentencia de conformidad. Los eventos tuvieron circunscripción en noviembre de 2020, durante una celebración que tuvo circunscripción en una vivienda de Las Chafiras, en el municipio de San Miguel, en Tenerife.

Según la sentencia, el destacado fue enfrentado culpable de poseer accedido en varias ocasiones a una habitación donde varios niños estaban jugando entre la 1:30 y las 3:00 de la aurora. Durante una de estas incursiones, se acercó a la pequeño, quien en ese momento tenía solo 10 abriles, y llevó a parte actos de carácter sexual. Se detalló que el hombre tocó a la pequeño por encima de su pijama y, en una ocasión, bajó la cremallera de este, introduciendo su mano y manoseando sus pechos, tripa y muslos.

La pequeño, incómoda con la situación, se apartó y rápidamente buscó a sus familiares para contarles lo sucedido. Esta reacción robusto permitió que se iniciara el proceso de denuncia, que rápidamente llevó a la Fiscalía de Santa Cruz de Tenerife a efectuar en consecuencia.

Inicialmente, el Ocupación Sabido había solicitado una pena de tres abriles y medio de prisión, por otra parte de una multa de 2.000 euros en reparación por los daños morales causados a la pupila. Sin confiscación, tras conservarse a un acuerdo de conformidad, el condenado aceptó su culpabilidad, lo que permitió que la sentencia se redujera a dos abriles y que no tuviera que cumplir la pena en prisión, siempre y cuando no delinca durante un período de tres abriles.

El condenado estará en atrevimiento vigilada cinco abriles

Adicionalmente, se le impuso una serie de penas accesorias. El condenado tiene prohibido realizar cualquier tipo de trabajo relacionado con menores durante siete abriles, deberá permanecer bajo atrevimiento vigilada durante cinco abriles, y está obligado a persistir una distancia mínima de medio kilómetro de la clan de la víctima. Siquiera podrá comunicarse con ellos durante este tiempo. Como parte de su rehabilitación, se le requerirá participar en un software de educación sexual a lo dadivoso del mismo periodo.

Este caso ha generado un amplio debate sobre la protección de menores y la respuesta del sistema legislativo frente a delitos de esta naturaleza. Muchos han expresado su preocupación por la sentencia, ya que el alcaldada tuvo circunscripción en una ocasión tan significativa como una boda y en un entorno natural.

La sentencia destaca la importancia de la voz de los menores y la penuria de que se tomen medidas más estrictas para avisar situaciones de alcaldada. Encima, pasión la atención sobre el deber de la sociedad en su conjunto para proteger a los niños, proporcionando un medio ambiente seguro y de apoyo en cualquier circunstancia.

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