Las preguntas de Ábalos al Gobierno por la auditoría interna del caso Koldo


El exministro de Transportes, José Luis Ábalos, ha presentado un escrito en el Congreso, como miembro del Peña Variado, en el que asta una cacharros de preguntas al Gobierno sobre la auditoría interna encargada por el presente ministro Óscar Puente aproximadamente de la contratación de la compañía Soluciones de Encargo que se investiga en la Audiencia Franquista.

Dicha auditoría concluyó que «parece evidente que los requisitos exigibles en estos expedientes no se cumplieron en su totalidad», lo que dejó la administración de su antecesor en el cargo, el socialista Ábalos, en censura.

El exministro se defiende en su escrito presentado al Congreso y considera las conclusiones de la auditoría «deficientes y sesgadas», así como se extraña de que dicha auditoría se encargase sobre aspectos en los que no pusieron el foco ni el Tribunal de Cuentas ni la Intervención Común de la Establecimiento del Estado (IGAE). Ábalos asta las siguientes preguntas al Gobierno sobre dicha auditoría:

-¿Internamente de las actuaciones practicadas para la elaboración de la «auditoría», cuáles han sido los criterios por los que se hace una selección parcial de entrevistados y no se ha contado con los testimonios de todas las personas implicadas en la conformación de los expedientes ni siquiera hecho entrevistas a la totalidad de los implicados en el objeto del documentación como son los máximos responsables de la administración del Tarea durante la crisis de la pandemia de COVID-19?

– ¿Cómo saben los funcionarios que han participado en la elaboración de la «auditoría» la demanda del conjunto que fue necesaria y las razones de la atrevimiento política para la transacción de más mascarillas en concepto de «reserva estratégica»?

– ¿En pulvínulo a qué criterios y conocimiento de la situación de la emergencia, la autora del documentación de auditoría hace valoraciones y emite juicios de valencia sobre la cantidad apropiada y necesaria de contratación de mascarillas para atender una situación de emergencia sanitaria y por qué principio y criterio en la elaboración de la «auditoria», cuestiona en un expediente funcionario decisiones exclusivas del ámbito político?

– ¿Cuándo se tuvo conocimiento de la marcha de las mascarillas en el Tarea de Transportes?

– ¿Cuándo se tuvo conocimiento de que no existían actas y albaranes de depósito y despacho de las mascarillas del Tarea de Transportes?

– ¿Se tuvo conocimiento con prioridad a la fiscalización del Tribunal de Cuentas de la marcha de los albaranes? ¿Si fue así, por qué no se informó entonces de esa marcha?

– ¿Si el conocimiento ha sido a raíz de la «auditoría», qué Órganos/Unidades del Tarea de Transportes eran responsables de favor detectado la marcha de actas y albaranes y por qué no lo hicieron? ¿En tal caso, qué órganos y qué mecanismos han fallado durante estos cuatro abriles antes?8. ¿Qué tipo de responsabilidades administrativas va a exigir el ministro de Transportes y Movilidad Sostenible a los responsables de los órganos administrativos (Oficialía Maduro, Dirección Común de Ordenamiento e Inspección, etc.) encargados de la recibimiento y expedición de las mascarillas de las órdenes TMA/263/2020 y TMA/292/2020 que debieran favor ejercido un correcto control de la ejecución de los contratos como ahora vienen a denunciar ellos mismos en «la auditoria» del Tarea de Transportes y Movilidad Sostenible, luego de cuatro abriles?

– ¿Teniendo conocimiento de la existencia en un almacén de Adif en Madrid de 500.000 mascarillas FFP2, procedentes de un pedido de 1,2 millones de unidades adjudicado en el año 2022 durante el mandato la ministra Dña. Raquel Sánchez, piensa el presente ministro de Transportes y Movilidad Sostenible ordenar asimismo una «auditoría» para conocer tanto la idónea aprieto de la transacción de esas mascarillas como su administración dos abriles luego de los expedientes relacionados a la ejecución de las órdenes TMA/263/2020 y TMA/292/2020?

– ¿Cómo explican que durante estos cuatro abriles no hayan detectado las «irregularidades» que señalan ahora en su «auditoría», ni hayan supervisado el adecuado cumplimiento de la ejecución de los contratos, ni protegido la cautiverio de custodia de las mascarillas, ni las funciones del personal responsable de la elaboración de las actas y las entregas de esas mascarillas, como por ejemplo la Oficialía Maduro y/o la Dirección Común de Ordenamiento e Inspección?

– ¿Por qué en el caso del Sr. Aldama, el documentación de auditoría no indaga el incumplimiento de la Oficialía Maduro y del campo de acción de Seguridad de sus responsabilidades de un adecuado control y registro de accesos al Tarea, no habiendo informado hasta cuatro abriles luego a los órganos superiores de estas irregularidades tal como ahora si se recoge en dicho documentación de auditoría?12. ¿Por qué en el caso del subteniente de la Vigilancia Civil detenido por el ‘caso Delorme’ la «auditoría» no indaga en las «visitas no registradas» de los empresarios que introducía en el Tarea y cuyos hechos. fueron denunciados por el equipo de Seguridad de MITMA, como cuenta el artículo de ‘El Gachupin de 07 de junio referenciado en la ‘Exposición de Motivos’?

– ¿Existe documentación del campo de acción de Seguridad sobre los registros de accesos del Sr. Aldama y de las «visitas no registradas» del subteniente de la Vigilancia Civil que permita conocer con exactitud el número de veces que accedieron durante los abriles 2020 y 2021, como marcan los protocolos correspondientes del Tarea?

– ¿Por qué desde la Oficialía Maduro habilitaron el paso al subteniente de la Vigilancia Civil (personal desconocedor a MITMA y que era quien gestionaba las mascarillas del Tarea del Interior, según propia confesión) a una dependencia donde se guardaban las mascarillas del Tarea de Transportes, Movilidad y Dietario Urbana, como sale en una cinta publicada el pasado 13 de septiembre por el folleto digital ‘El Gachupin’ con el titular «Marlaska protegió al patrulla civil del ‘caso Koldo’ pese a las denuncias en Transportes.», articulo antiguamente referenciado en la ‘Exposición de Motivos’?

– ¿Consta que durante estos cuatro abriles antes, desde la Oficialía Maduro se haya emitido algún tipo de documentación formal o comunicación sobre la existencia del depósito y despacho/destino de esas mascarillas en las dependencias del Tarea de Transportes, habilitadas por el propio Oficial Maduro y que para su custodia ha permitido y dejado, en clara delegación de responsabilidades administrativas de sus competencias, un paso soberano a dicho material a personas ajenas a MITMA, como es el subteniente de la Vigilancia Civil y al que facilitó unas llaves, suponiendo un quebranto de la cautiverio de custodia de las mascarillas?¿Qué superior jerárquico autorizó al Oficial Maduro a entregar al subteniente de la Vigilancia Civil la llavín de la dependencia donde se custodiaban las mascarillas del Tarea de Transportes?

– ¿En caso de existir autorización, en qué documentación se justifica tal delegación de competencias administrativas al subteniente de la Vigilancia Civil?

– ¿Cuántas mascarillas de ese depósito han aparecido con destino a otros organismos de otros ministerios y en concreto cuántas se llevaron al Tarea del Interior y a qué organismos de dicho Tarea?

– ¿Hubo registro del despacho de esas mascarillas al Tarea del Interior?

– ¿Qué documentación obra que documente las mascarillas que el subteniente de la Vigilancia Civil se llevó al Tarea del Interior, como informa el artículo de El Gachupin antiguamente mencionado y que dice que el subteniente reconoce favor ventilado esas mascarillas para el Tarea de Interior?

– ¿A qué destino del Tarea del Interior fueron llevadas esas mascarillas?

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